MAT
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Artículo 10 Constitucional.
Derecho a la
legítima defensa
Rebeca Ramos Duarte
DR © 2013, Instituto de Investigaciones Jurídicas,
Suprema Corte de Justicia de la Nación,
Fundación Konrad Adenauer
Este libro forma partedel acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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Sumario: I. Introducción. II. El derecho a poseer armas en la Constitución mexicana.
III. Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interameri
cana de Derechos Humanos. IV. Tendencias en el Derecho comparado. V.Conclusiones.
Palabras clave: Posesión de armas; Derecho a la seguridad; Legítima defensa;
Uso indebido; Protección de la comunidad; Respeto, protección y garantía del Estado.
I. Introducción
E
l artículo 10 se encuentra en el capítulo I de la Constitución Política de los Estados Uni-
dos Mexicanos (en adelante CPEUM o la Constitución), De los derechos y sus garantías, con
base en suubicación, hay quienes podrían interpretar dicho precepto como un derecho
humano, en este sentido, es importante señalar que el derecho a la posesión de las armas
no ha sido reconocido como un derecho humano en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (en adelante DIDH).
Para sostener este no reconocimiento como derecho humano, se considera importante iniciar con una definición del conceptoderechos humanos, se tomará como base la de Antonio
momento histórico, concreta las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas,
las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel
nacional e internacional […]".1
1
Pérez Luño, Antonio, Derechos humanos, Estado de Derecho y Constitución, 8a edición, Tecnos, Madrid, 2003, p. 48,
consultado en SAURAESTAPÁ, Jaume, "Sobre el concepto y fundamento de los derechos humanos emergentes", en
Gloria Ramírez (coord.) Derechos humanos y justicia. Derechos humanos en las sociedades contemporáneas, Monterrey,
2007, Fondo Editorial de Nuevo León (Diálogos Fórum Universal de las Culturas), Monterrey, 2008, pp. 71-87.
DR © 2013, Instituto de Investigaciones Jurídicas,
Suprema Corte de Justicia de la Nación,Fundación Konrad Adenauer
Artículo 10 Constitucional.
Derecho a la legítima defensa
Pérez Luño, que a la letra dice: "[…] conjunto de facultades e instituciones que, en cada
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Se emplea esta definición porquefundamenta los derechos humanos en términos de necesidades humanas y evolución histórica, y permite entenderlos como un conjunto de instituciones que tiene como objeto proteger la dignidad humana, pero que de igual forma
reconoce la historicidad del ser humano; dicha concepción permite reconocer otros derechos, y dotar al ordenamiento jurídico del dinamismo que se requiere para esta tarea.
Ahora bien,con base en esta definición se podría considerar que el derecho a poseer armas
está incluido en esta concepción de derechos humanos, sin embargo, no se considera de esa
manera, debido que las exigencias de la dignidad y libertad que se pretenden proteger son
la seguridad y la legítima defensa, bienes protegidos por el derecho humano a la seguridad,
contenido en los artículos 21 de la CPEUM, 3 dela Declaración Universal de los Derechos
Humanos (en adelante DUDH) y 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en
adelante, CADH).
Como todos los derechos humanos, la obligación de respeto, protección y garantía del derecho a la seguridad corresponde a los Estados, todas las autoridades mexicanas en el ejercicio
de sus facultades tienen el deber de llevar a cabo las acciones...
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