autónomos en su• integración sin que nada tenga que ver en los mismos los otros órganos como acontece en el parlamentario. Cualquier individuo puede llegar a los• cargospúblicos sin tener previamente otros puestos, sin experiencia siempre y cuando satisfagan los requisitos que marca la ley. Hay una autonomía• federal, porque cada órganorealiza sus funciones de acuerdo con las que generalmente realiza sin que necesite la participación de otros órganos. Se busca que cada órgano realiza sus atribuciones conespecialidad, libertad dentro de la ley. Sin embargo como son órganos del mismo Estado, deben• ser auxiliares unos a otros sin que implique intromisión sino colaboración paraactos que requieren mayor coresponsabilidad de su decisión. Sí subsiste• el principio de control recíproco pero sin que esto implique injerencia de los órganos en el otro,ni siquiera para cumplir sus funciones, el control implica constar que los gobernantes han actuado conforme a la Ley y en caso contrario habrá juicio político.
Lasimilitud entre las situaciones previstasconsste en que el acto del presidente carece de validez sin la intervencio de alguno o varios de sus secretarios. Pero hay diferencia deque en la hipotesis del art. 29 la intervencion de los secretarios debe asumir el aspecto formal de aprobacion, ademas de que debe participar todo el gabinete, con elquorum de 2 tercios.
La trascendenciaque tiene la suspensión de garantias justifica el requisito de la aprovacion del gabinetelo que implica nesesariamente que los secretariosse contituyan solidariamente con el presidente en responsables del acto.
Aquí si ai una genuina responsabilidad de cada secretario, independientemente del ejecutivo.
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