Matriculqa y patente de los buques
Buques y Garantías Marítimas.
Exposición de motivos
El buque es el bien en torno al cual se han nucleado y, en buena medida, se siguen anudando todas las normas del Derecho Marítimo. Puede decirse que, en la configuración de éste sector jurídico, el buque es al derecho común patrimonial de los bienes lo que el naviero y el capitán son a las personas o sujetos deDerecho.
Como vehículo de la navegación y del comercio por mar, el buque está detrás de todas las demás instituciones del Derecho marítimo, cuyas normas reguladoras acaban necesariamente incidiendo sobre él.
Así las cosas no puede extrañar que una gran parte de los esfuerzos internacionales de unificación y armonización de nuestra disciplina hayan tenido como objetivo las distintas facetas,públicas y privadas, que integran el estatuto del buque.
En efecto, la inmensa mayoría de los Convenios de la OMI se han dedicado a la reglamentación internacional de los requisitos técnicos mínimos con que debe contar el buque para la seguridad de la vida humana en el mar o del medio ambiente marino. Basta echar un vistazo al Catalogo de Publicaciones de la Organización para comprobar hasta que puntoesta afirmación es cierta.
Además, la propia UNCTAD ha propiciado y conseguido la aprobación de una convención sobre el estatuto administrativo-registral del buque, cual es el Convenio de las Naciones Unidas sobre las Condiciones de Inscripción de los buques, de 7 de febrero de 1986 (CNUCIB), que, por su propia juventud, no se encuentra en vigor.
Pero también las normas de naturalezaprivada han logrado cierta unificación internacional. En éste punto hay que traer a colación aquellos de los Convenios del Comité Marítimo Internacional (C.M.I.), que han sido especialmente dedicados a la regulación del buque. Entre ellos tenemos, en primer lugar, los tres que tratan de los gravámenes sobre los buques. Dos de ellos se ocupan de los Privilegios e Hipotecas Marítimas, ambos tienen elmismo nombre: "Convenio Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas Relativas a los Privilegios e Hipotecas Marítimos". El primero es de 10 de abril de 1926 y es el que se encuentra en vigor en el plano internacional. El segundo, firmado en Bruselas el 27 de mayo de 1967 pretendía perfeccionar y sustituir al anterior, pero no logro siquiera su entrada en vigor. El tercero de los Conveniosdedicados directamente a los gravámenes sobre el buque es el "Convenio Internacional relativo a la inscripción de los derechos relativos a los buques en Construcción" (CIDBC), Bruselas, 27 de mayo de 1967, que tampoco consiguió el número suficiente de ratificaciones para entrar en vigor.
Siguiendo con el C.M.I., debe citarse también el "Convenio Internacional para la unificación de ciertas reglasrelativas a la inmunidad de los buques de Estado"(CIBE), que, firmado el 10 de abril de 1926, ha logrado una importante aceptación internacional.
Y finalmente, hay que atribuir asimismo a la actividad del C.M.I. la aprobación del "Convenio Internacional para la unificación de ciertas reglas relativas al embargo preventivo de buques de navegación marítima" (CEPB), de 10 de mayo de 1952. Adiferencia de los anteriores, este es el Convenio del C.M.I. dedicado al buque que mayor éxito ha tenido en su implantación internacional, habiendo sido ratificado e incorporado por los principales países marítimos.
Recientemente, bajo el impulso conjunto de OMI y UNCTAD, ha sido aprobado en Ginebra el texto de un nuevo "Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval"(CPMHN), que tiene fecha de 6 de mayo de 1993. Esta nueva convención representa el fruto de los esfuerzos desarrollados durante largos años por el Grupo Intergubernamental mixto creado al efecto por las dos Organizaciones mencionadas. Las soluciones alcanzadas en cada uno de los puntos conflictivos son el fruto del delicado equilibrio obtenido para conseguir su aprobación por consenso. Se espera...
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