El RODRGUEZ MARTNEZ HYPERLINK http//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l NN SUMARIO I. Introduccin. II. La reforma al Cdigo Civil para el Distrito Federal. III. La reforma al Cdigo de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. IV. Algunas repercusiones en otros ordenamientos. V. Diversidad de regmenes aplicables a las uniones homosexuales en el Distrito Federal.I. INTRODUCCIN El pasado 29 de diciembre de 2009 se public en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Cdigo Civil para el Distrito Federal y del Cdigo Civil de Procedimientos Civiles del Distrito Federal en el que se aprueban la celebracin de los matrimonios homosexuales. El objetivo de la presente reforma fue, por un lado, reconoceruna situacin de hecho muy comn en la ciudad de Mxico, las uniones homosexuales, y reconocer un derecho por el cual la comunidad lsbico-gay haba luchado por mucho tiempo, y por otro lado, el brindar una proteccin completa a las parejas homosexuales, proteccin que no fue alcanzada con la aprobacin de la Ley de Sociedad de Convivencia para el Distrito Federal. HYPERLINKhttp//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N1N1 1 La presente reforma es acorde con una tendencia legislativa a nivel internacional, pues son ya varios pases los que han reconocido, por va legislativa o va jurisprudencial, las uniones entre personas del mismo sexo. Algunos pases han reconocido el carcter de matrimonio a dichas uniones, tal es el caso de Espaa, HYPERLINKhttp//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N2N2 2 Pases Bajos HYPERLINK http//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N3N3 3 y Sudfrica HYPERLINK http//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N4N4 4 y en Amrica, Canad HYPERLINK http//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N5N5 5 otros pases en cambio, lo han asimilado almatrimonio (por ejemplo, la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, Argentina) HYPERLINK http//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N6N6 6 o al concubinato (por ejemplo, Uruguay). HYPERLINK http//www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/128/el/el12.htm l N7N7 7 Con dicha reforma, la ciudad de Mxico se constituye en la primera entidad en Amrica Latina en aprobar losmatrimonios homosexuales. II. LA REFORMA AL CDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL La reforma publicada en la Gaceta Oficial modifica los artculos 146, 237, 291 bis, 294, 391 y 724 del Cdigo Civil para el Distrito Federal. Como ya se mencion, con la presente reforma se aprob la celebracin de los matrimonios homosexuales en el Distrito Federal. Similar al caso de Espaa, los miembros de la AsambleaLegislativa del Distrito Federal optaron por suprimir de la definicin de matrimonio toda referencia a hombre y mujer, de tal manera que la definicin de matrimonio qued como sigue Artculo 146. Matrimonio es la unin libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el juez del Registro Civil y con las formalidades queestipule el presente Cdigo. Con la actual definicin de matrimonio, al hacer referencia a la unin libre de dos personas se ampla la posibilidad de que los matrimonios sean celebrados entre personas del mismo sexo (hombre-hombre o mujer-mujer) y se suprime como finalidad del matrimonio la de procrear hijos de manera libre, responsable e informada, lo cual ya resultaba anacrnico, puesto que elmatrimonio no necesariamente se celebra con dicho propsito, pues de lo contrario quedaran excluidas las personas de edad senil y las personas infrtiles o aquellas que por consenso optan por no procrear hijos. Tradicionalmente, el matrimonio ha sido la base fundamental sobre la que se sustenta la familia sin embargo, en la actualidad existen numerosos modelos de familia no tradicional, entre ellas,...
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