Matrimonio Síndrome De Down
Una cosa está clara: hablando con jóvenes y adultos con síndrome de Down se perciben claramente sus deseos de casarse. ¿Pueden hacerlo? Estamos ante el reto de la vida adulta yuno de sus elementos es la vida conyugal. Esto no se improvisa. No hay razones para impedir por principio el matrimonio a toda persona con síndrome de Down, ya que se trata de un derecho básico de la persona, que sólo puede negarse cuando existan motivos graves y seguros. Es importante recordar ya desde ahora que el ordenamiento jurídico no impide el matrimonio entre personas con discapacidadintelectual (1). No todos llegarán ni tienen por qué llegar, pero los que puedan llegar y quieran llegar no deben encontrar obstáculos suplementarios, ¿me explico? Al tratarse de un derecho básico de la persona, el que lo niegue tiene la carga de la prueba. Cualquier limitación debe ser razonada y su justificación se probará por parte de quien la solicite a través del pertinente procedimiento reglado,siempre teniendo como valor máximo a respetar y potenciar el bien de la persona con síndrome de Down, a la que hay que informar convenientemente sobre los pormenores que afectan a la realización de su propia existencia. Hoy nos vamos a ocupar de analizar la regulación jurídica en nuestro Derecho y en el Derecho de la Iglesia Católica.
CODIGO CIVIL CHILE MATRIMONIO
Nuestro Código Civildefine al matrimonio como un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente. Ahora, si bien se trata de un acto voluntario entre dos personas, generalmente jóvenes y con el futuro por delante, no es menos cierto que da comienzo a una nueva familia que trascenderá el mero ámbitode los cónyuges y dará lugar a un conjunto de efectos, que en el caso del derecho se sistematizan de la siguiente manera:
n México solo cinco códigos civiles permiten el matrimonio entre personas con retraso mental, y en el resto se utiliza lenguaje discriminatorio al catalogarlos como “incapaces”, o en algunos casos se recurre a adjetivos como “idiotas e imbéciles”, aseguró Hilda Téllez Lino,directora general adjunta de quejas y reclamaciones del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
“De las 32 entidades federativas, solamente en cinco (Distrito Federal, Hidalgo, San Luis Potosí, Sinaloa y Zacatecas) no utilizan lenguaje discriminatorio dentro de sus códigos civiles. El resto de las entidades federativas usan términos peyorativos”.
El matrimonio conllevaobligaciones que hay que valorar, una de las cuales es la crianza y educación de los hijos, tema del que hablaré en una próxima colaboración. Esa es la gran preocupación de los padres: asegurar en lo posible la debida estabilidad y buena evolución de la relación matrimonial. Un padre me escribe: “Cuando nuestros hijos sin discapacidad se casan, allá ellos. No nos implica. Cuando nuestros hijos con...
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