matrimonios de complacencia
Como ya he dicho, es un problema tanto nacional como internacional, y en base a ello, ha habido diversas medidas por parte de la UE de lucha contra éste fenómeno, como por ejemplo la Resolución del Consejo de 4 de diciembre de 1997 o la Comisión Internacional civil de 2004,como también la Recomendación nº9 de Estrasburgo de 2005. Como es evidente, hay una cierta preocupación por el creciente fraude, encaminado a obtener la nacionalidad y la residencia legal, utilizando mecanismos de falsificación de documentos o simulando matrimonios falsos.
Un matrimonio de complacencia es aquél en el que no concurre un verdadero consentimiento matrimonial, es decir, unconsentimiento dirigido a crear una comunidad de vida entre los esposos, lo que se denomina formar un “ consortium omnis vitae”, y por consiguiente, ese matrimonio no se va a poder inscribir en el registro civil. por lo que respecta a la finalidad que persigue, está encaminado a obtener beneficios en materia de nacionalidad y extranjería, como adquirir aceleradamente la nacionalidad española, y esto en elcaso de tratarse de cónyuges, basta únicamente un año de residencia en España, eso sí, ha de ser legal, continuada, tal como establece el art 22.2 CC. Y también tiene por objetivo lograra el permiso de residencia en España, esto es, que un extranjero nacional de un 3º Estado no miembro de la UE ni de la Comunidad Económica Europea, al casarse con un ciudadano español adquiera el derecho a residiren España. Y otro objetivo que se intenta conseguir con la celebración del matrimonio de complacencia es lograr la reagrupación familiar de nacionales de 3º Estados.
Por lo tanto, cuando los contrayentes contraen matrimonio excluyendo los deberes y derechos propios del matrimonio, el consentimiento matrimonial es nulo, hay falta de consentimiento y por tanto no hay matrimonio puesto que elelemento básico del matrimonio es la declaración de voluntad de los contrayentes.
Este consentimiento al que me estoy refiriendo goza de una tradición canónica y romana. Ya en el Código Napoleónico se decía que “ no hay matrimonio sin consentimiento”.
En la Ley 30/1981 de 7 de Julio, se establece que el consentimiento ha de ser expreso, además de puro, esto es, sin condición, término o modo, puestoque toda condición se tendrá por no puesta.
Hay que decir, que en el tratamiento jurídico de los matrimonios de complacencia deben conjugarse dos factores: debe siempre respetarse el “ius connubi”, o “ derecho a contraer libremente matrimonio”, puesto que se trata de un derecho subjetivo de toda persona, y en segundo lugar, hay que decir que es deseable erradicar estos matrimonios decomplacencia por varias razones: desde el punto de vista del Derecho Privado, los matrimonios de complacencia son “ falsos matrimonios”. No son validos, sino “nulos de pleno derecho”, puesto que alteran el sentido de la institución matrimonial, y se vulnera el art 16.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que declara que “ sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros contrayentespodrá contraerse matrimonio”, y puesto que los matrimonios de complacencia están afectados por una causa de nulidad de pleno derecho se debe evitar primero su celebración y, en caso de que hayan sido celebrados, evitar su inscripción en el Registro Civil.
Desde el punto de vista del Derecho Público, estos matrimonios potencian el fraude de las normas de nacionalidad y extranjería y como...
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