mecanica automotriz
Art. 145 incurre en contravención muy grave y será sancionado con prisión de tres días, multa de una remuneración básica unificada del trabajador en general, y reducción de10 puntos en su licencia de conducir.
a) Quien conduzca sin haber obtenido la licencia
b) Quien conduzca una licencia anulada revocada o suspendida, la misma que deberá ser retiradainmediatamente por el agente de tránsito.
c) Quien condujere un vehículo con una licencia de categoría diferente a la exigible para el tipo de vehículo que conduce.
d) Elconductor que falte de obra a la autoridad o agente de tránsito.
e) El conductor, que con un vehículo automotor excediere los límites de velocidad fuera del rango moderado, de conformidad con elreglamento correspondiente.
f) Quien conduzca un vehículo prestando servicios de transporte de pasajeros o bienes sin contar con el título habilitante correspondiente o realice un serviciodiferente para el que fue autorizado, si además el vehículo hubiese sido pintado con el mismo color y características de los vehículos autorizados, el juez dispondrá que el vehículo con el que se hizo lainfracción será pintado de otro color no igual a las unidades transporte y prohibirá su circulación.
g) Quienes participen con vehículos a motor en competencias en la vía publica, sinel permiso correspondiente,
h) Quien causare un accidente de tránsito, del que resulte herida o lesionada alguna persona, produciendo enfermedad o incapacidad física para efectuar sus tareashabituales menor a 15 días.
En el caso del literal, a no se aplicara la reducción de puntos y los literales c, f, h no se aplicara la pena de prisión pero será sancionado mínimo 2 remuneracionesbásicas unificadas del trabajador en general y el vehículo será retirado mínimo 7 días y será devuelto cuando cancele su multa correspondiente. Y si reincide la infracción será sancionada con el...
Regístrate para leer el documento completo.