Mecanico
d’ALMASSORA
C.I.F. P-1200900-G
Plaça Pere Cornell, 1
Tel. (964) 56 00 01
Fax. (964) 56 30 51
12550 ALMASSORA
“ORDENANZA MUNICIPAL DE CONVIVENCIA CIUDADANA
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1º
1.- La presente ordenanza tiene como objeto principal lograr el bienestar colectivo y
organizar la comunidad de tal forma que se consiga una convivencia ciudadana en paz y
enigualdad de derechos y obligaciones.
2.- Para la consecución del fin primordial, esta ordenanza articula las normas necesarias
que modularán la actividad de los habitantes del municipio en respeto y libertad.
ARTÍCULO 2º
1.- La presente Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de
Almassora, a la que quedarán obligados todos los ciudadanos que en el mismo se
encuentrencualquiera que sea su calificación jurídico-administrativa.
2.- El Ayuntamiento vendrá en la obligación de poner en conocimiento de los
habitantes en contenido de esta Ordenanza, utilizando para ello los medios de difusión
destinados a tal efecto.
3.- La ignorancia del contenido de la presente Ordenanza no será excusa en caso de
incumplimiento.
TITULO PRIMERO
POBLACIÓN MUNICIPAL
CAPITULO I
DELEMPADRONAMIENTO
ARTÍCULO 3º
1.- Toda persona física, española o foránea, que habite en el término municipal de
Almassora, de manera habitual, deberá inscribirse en el Padrón de este municipio como
residente, condición que se adquiere desde el momento de la inscripción.
2.- Si residiera alternativamente en Almassora, en otro u otros municipios, deberá
inscribirse en aquel en el que habite mástiempo al año.
AJUNTAMENT
d’ALMASSORA
C.I.F. P-1200900-G
Plaça Pere Cornell, 1
Tel. (964) 56 00 01
Fax. (964) 56 30 51
12550 ALMASSORA
3.- Si una persona estuviera inscrita en más de un Padrón Municipal, tendrá validez
para este Ayuntamiento la última inscripción que se hubiera efectuado.
ARTÍCULO 4º
1.- Los residentes se clasifican en vecinos y domiciliados. Son vecinos delMunicip0io
de Almassora los residentes de nacionalidad española que tengan cumplida la mayoría
de edad, y son domiciliados los residentes que ostenten nacionalidad extranjera y los
españoles que no tengan cumplida la mayoría de edad.
2.- La persona que circunstancialmente se halle viviendo en Almassora, sin ser este
municipio el lugar de su residencia habitual, podrá inscribirse igualmente en elpadrón,
si bien lo hará como transeúnte.
ARTICULO 5º
Los cabezas de familia, tutores y encargados de establecimientos públicos o privados,
cuidaran de que sus familiares, sirvientes, pupilos, acogidos, huéspedes y personal bajo
su adscripción, se inscriban en el Padrón de Habitantes. Suministrarán los datos
precisos a tal fin y serán responsables de la fiabilidad de aquellos.
ARTICULO 6ºLas altas y bajas en el Padrón se solicitaran a la Alcaldía por los interesados, sus
representantes legales o persona debidamente autorizada.
ARTICULO 7º
Todos los habitantes del Municipio estarán obligados a suministrar los datos estadísticos
que se les interese, así como a cumplir con las normas censales que en cada momento
regulen la materia, para lo cual podrán ser requeridos por laautoridad municipal.
El incumplimiento a este requerimiento podrá dar lugar, en su caso, a la apertura de
expediente administrativo.
ARTICULO 8º
1.- Los cabezas de familia residentes en el término municipal están obligados a
comunicar a la Alcaldía, en el plazo de ocho días, las alteraciones que deban producirse
en la hoja de inscripción patronal como consecuencia de nacimientos, matrimonios,defunciones, mayoría de edad o emancipación, así como de cambios de residencias o de
domicilio dentro del termino, con el fin de que por al Ayuntamiento puedan llevarse a
cabo las oportunas rectificaciones o dicciones.
AJUNTAMENT
d’ALMASSORA
C.I.F. P-1200900-G
Plaça Pere Cornell, 1
Tel. (964) 56 00 01
Fax. (964) 56 30 51
12550 ALMASSORA
2.- Igual obligación incumbirá a los padres...
Regístrate para leer el documento completo.