Mediacion
La mediación es un procedimiento alternativo de solución de controversias, desarrollado con anterioridad o durante el curso del proceso judicial. Es realizado con la participación de las partes, y dirigido por un tercero, ajeno al órgano judicial; un mediador , que a través de la aplicación de técnicas especiales de comunicación procura se llegueal entendimiento entre las partes, y eventualmente, concluya con la celebración por éstas, de un acuerdo que compone el conflicto y reviste eficacia equivalente a la de una sentencia firme. Se trata, por consiguiente, de una verdadera autocomposición del litigio lograda a través del acercamiento que, entre las posiciones e intereses de las partes, lleva a cabo el mediador.
El mediador carece depotestades decisorias y en modo alguno ejerce, en consecuencia, funciones jurisdiccionales; por ello no puede proponer fórmulas o soluciones de avenimiento; sino simplemente acercar a las partes para que ellas por sí solas logren una solución a su conflicto.
II. Clases de Mediación
La mediación puede ser prejudicial o judicial, según que, respectivamente, se realice con anterioridad a lainiciación de un juicio o durante el transcurso de un proceso ya iniciado.
Respecto de la mediación judicial cabe destacar dos artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que fueron modificados por la ley de Mediación y Conciliación 26.589, en los que se hace referencia a este tipo de mediación. El artículo 34 inciso 1 dispone: “Son deberes de los jueces asistir a la audienciapreliminar… En el acto de la audiencia, o cuando lo considere pertinente, si las circunstancias lo justifican, podrá derivar a las partes a mediación. Los términos del expediente judicial quedarán suspendidos por treinta días contados a partir de la notificación del mediador a impulso de cualquiera de las partes y se reanudará una vez vencido. Este plazo podrá prorrogarse por acuerdo expreso de laspartes”.El artículo 360 que hace referencia a la audiencia preliminar asimismo establece que el juez en tal acto “podrá si la naturaleza y el estado del conflicto lo justifican, derivar a las partes a una mediación. En este supuesto, se suspenderá el procedimiento por treinta días contados a partir de la notificación del mediador a impulso de cualquiera de las partes. Vencido este plazo, se reanudaráel procedimiento a pedido de cualquiera de las partes, lo que dispondrá el juez sin sustanciación, mediante auto que se notificará a la contraria”.
Cabe destacar, que ésta facultad del juez de derivar el expediente al procedimiento de mediación ´solo puede ser realizado por una única vez. La designación del mediador se efectuará por sorteo. (Art. 16 inc. d ley 26.589)
Desde otro punto de vista,el procedimiento es facultativo cuando su cumplimiento obedece a la libre determinación de ambas partes; y es obligatorio cuando es impuesto por la ley.
Finalmente, el procedimiento de mediación puede ser privado cuando es efectuado ante un mediador debidamente habilitado y matriculado, elegido libremente de común acuerdo entre las partes; o designado por el requerido a propuesta del requirente;y es oficial cuando el requirente formaliza su pretensión ante la mesa general de entradas de la Cámara del fuero en que correspondería promover la demanda. (Art. 16 Ley Nº Ley 26.589).
Mediación Privada
Si el reclamante opta por llevar a cabo una mediación privada por ante un mediador elegido de común acuerdo entre las partes, o designado por el requerido a propuesta del requirente, sedeberá abonar la suma de $ 10, que será ingresada por medio de depósito a efectuarse en la cuenta oficial correspondiente conforme lo disponga el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; y su constancia de pago, se deberá presentar al mediador (Art. 3 decreto 91/98, mod. por decreto 1465/2007).
El depósito deberá ser acreditado también cuando se sortea el juzgado ante la Mesa General...
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