Medicamentos cardiovasculares
Decreto 1737
Tiene por objeto establecer las condiciones de comercialización distribución y venta de medicamentos homeopáticos, y reglamenta la preparación comercialización distribucióndispensación, etiquetado, rotulo y empaque de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales en farmacias homeopáticas a nivel comercial.
Decreto 3554
Regulan el régimen de registrosanitario, fabricación, producción, envase, empaque, control de calidad, importación exportación, comercialización, publicidad, uso, distribución, buenas prácticas de manufactura, vigilancia y controlsanitario de los productos homeopáticos para uso humano. Son de orden público y de obligatorio cumplimiento para los titulares de registro sanitario, fabricantes, importadores, exportadores,comercializadores y en general para todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con el objeto de esta norma.
Decreto 1861.
Regulan el régimen de registro sanitario, fabricación,producción, envase, empaque, control de calidad, importación exportación, comercialización, publicidad, uso, distribución, buenas prácticas de manufactura, vigilancia y control sanitario de losproductos homeopáticos para uso humano. Son de orden público y de obligatorio cumplimiento para los titulares de registro sanitario, fabricantes, importadores, exportadores, comercializadores y engeneral para todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con el objeto de esta norma.
Condiciones generales para la preparación de medicamentos homeopáticos.
Para lapreparación de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales, las farmacias homeopáticas no podrán utilizar diluciones inferiores a las autorizadas en las farmacopeas oficiales vigentes en elpaís.
La cepas homeopáticas o tinturas madres, diluciones base, a si como loas excipientes de formulación que se empleen en la preparación de los medicamentos magistrales y oficinales, deberán...
Regístrate para leer el documento completo.