Medicina legal resumen
DEONTOLOGIA. DEFINICIONES. FUENTES. ETICA. BIOETICA.
DEONTOLOGIA
Del griego “deon, deontos”= deber y “logos”= ciencia. Es la ciencia o tratado de los deberes. Es el conjunto de normas que regulan las relaciones de los profesionales entre sí, y de estos con sus clientes
DEFINICIONES. FUENTES
Ley Natural: es aquella eterna, justa e inmutable que se halla intrínseca en la naturaleza delhombre y que le permite a este por medio de la razón, diferenciar el bien del mal, lo justo de lo injusto, etc.
Ley Positiva: viene en las disposiciones dictadas por los hombres, para la convivencia armónica en sociedad: Constitución, Códigos, Leyes, en las jurisdicciones civil, penal, laboral, etc.
ETICA
Deriva del griego “estos, ethique”: costumbre, habito, norma de vida. Es la ciencia de lascostumbres se diferencia de la moral en que esta abarca todos los actos humanos y la ética se refiere solo a una clase, la del profesional.
BIOETICA
Del griego “bios”= vida y “ética”= ciencias de las costumbres. Es la ética aplicada a las ciencias de la vida como en la medicina, bioquímica, etc.
LECCION 2
EJERCICIO LEGAL. EJERCICIO ILEGAL. CUANDO QUEDA TIPIFICADO. TIPOS DEL EJERCICIO ILEGAL.CURANDERISMO. CHARLATANISMO. CESION DE DIPLOMAS. FIRMA DE COMPLACENCIA. USURCAPION DE TITULOS. REQUISITOS. FORMACION. JURAMENTO. DEBERES. CODIGO DE ETICA.
¿CUÁNDO QUEDA TIPIFICADO?
Legislación:
Ley 136/93 de Universidades.
Art. 8º los títulos o diplomas expedidos por las universidades habilitan para el ejercicio de la profesión una vez registrados en el MEC. En el caso de títulos o diplomasexpedidos por universidades extranjeras, la habilitación para el ejercicio de la profesión estará sujeta a tratados, convenios o acuerdos internacionales aprobados y ratificados por el ley de la nación.
CÓDIGO SANITARIO.
Art.215.- Para el ejercicio de los profesionales en ciencia de la salud se requiere contar con título expedido por las Universidades del país o revalidado por la Universidad Nacional deAsunción, el que debe ser inscripto en el registro habilitado por el Ministerio
Art.216.- El Ministerio reglamentará el ejercicio legal de las profesiones en ciencias de la salud.
Art.217.- Para ejercer la condición de técnicos y auxiliares en ciencias de la salud se requiere registrar el certificado expedido por institución competente, nacional o extranjera, reconocido por el Ministerio comoformadora de recursos humanos en ciencias de la salud.
Resolución 1670471994. del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social sobre Registro y habilitación para el ejercicio de la profesión de universidades, técnicos y Auxiliares de la Salud.
* Los diplomas o títulos deben ser inscriptos en la Dirección de profesiones y establecimientos de salud, del MSPBS.
* Son inscriptos con numeración deorden correlativo y suministra un carnet profesional habilitante que tiene validez por CINCO AÑOS para los profesionales universitarios y por DOS AÑOS para los técnicos y Auxiliares, debiendo ser renovado pasados esos tiempos.
Resolución 1670471994. del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social sobre Registro y habilitación para el ejercicio de la profesión de universidades, técnicos yAuxiliares de la Salud.
* Los diplomas o títulos deben ser inscriptos en la Dirección de profesiones y establecimientos de salud, del MSPBS.
* Son inscriptos con numeración de orden correlativo y suministra un carnet profesional habilitante que tiene validez por CINCO AÑOS para los profesionales universitarios y por DOS AÑOS para los técnicos y Auxiliares, debiendo ser renovado pasados esos tiempos.
Enel caso de ejercicio profesional de Abogado, Escribano, estos deben JURAR ante la Corte Suprema de Justicia y se les expide la matrícula.
Para abrir consultorio, clínica o laboratorio se formula la solicitud y se paga la patente profesional (médico o de otras profesiones) en la Oficina de Patentes de la Municipalidad de la Capital o de la ciudad donde se ejercerá.
1- Hay requisitos básicos...
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