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La Ley 1496, de Igualdad Salarial, busca un fin muy loable: acabar con la desigualdad salarial entre los hombres y las mujeres.
Para nadie es un secreto que existen diferencias salariales entre sexos, que varían dependiendo del sector y de la empresa (de modo que en algunas es la mujer físicamente atractiva la que gana mas, o en otrasel jefe machista le paga menos a sus empleadas). Pero esta Ley no es suficiente para lograr este cometido.
Sin embargo, por qué usted como empresario debe cumplirla?
En primer lugar, la ley le exige a uno, como empresario, que tenga en cuenta los siguientes factores de valoración salarial:
1. la naturaleza de la actividad a realizar
2. acceso a los medios de formación profesional
3.condiciones en la admisión en el empleo; condiciones de trabajo
4. la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación, con objeto de eliminar cualquier discriminación y complementos salariales.
El incumplimiento de estos criterios hará al empleador merecedor de una multa que va de los 50 a los 500 salarios mínimos esto esta plasmado en el siguiente artículo (ver art. 3 Ley1496), discriminación directa en materia de retribución laboral por razón de genero o sexo, toda situación de trato diferente injustificado, expreso o tácito, relacionado con la retribución económica percibida en desarrollo de una relación laboral, cual quiera sea su denominación por razones de sexo.
La verificación de dichos criterios, y del cumplimiento en general de la Ley, se hace a travésde un registro de perfil y asignación de cargos por sexo, funciones remuneración discriminando clase o tipo o forma contractual. De no llevarse dicho registro, la multa será de 150 SMLMV (Ver art. 5 Ley 1496).
Como si esto fuera poco, el Ministerio de Trabajo tiene la facultad de realizar auditorías de manera aleatoria a las empresas para verificar si esta está cumpliendo con dicha ley. Estoequivale a visitas sorpresas por parte de los Inspectores de Trabajo a su empresa, en las cuales, de no encontrar ellos que usted está cumpliendo con la Ley 1496, se le sancionará con las multas antes mencionadas.
De esta forma, la evasión de la Ley 1496 podría resultarle mucho más costosa que si se ahorrara unos pesos pagándole menos (o más) a su secretaria sólo porque ella es mujer.
1496 DE 2011
(Diciembre 29)
por medio de la cual se garantiza la igualdad salarial y de retribución laboral entre mujeres y hombres, se establecen mecanismos para erradicar cualquier forma de discriminación y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene como objeto garantizar la igualdad salarial y de cualquier forma deretribución laboral entre mujeres y hombres, fijar los mecanismos que permitan que dicha igualdad sea real y efectiva tanto en el sector público como en el privado y establecer los lineamientos generales que permitan erradicar cualquier forma discriminatoria en materia de retribución laboral.
Artículo 2°. El artículo 10 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así:
Artículo 10. Igualdad de lostrabajadores y las trabajadoras. Todos los trabajadores y trabajadoras son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías, en consecuencia, queda abolido cualquier tipo de distinción por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, el género o sexo salvo las excepciones establecidas por la ley.
Artículo 3°. Definiciones. Discriminación directa en materiade retribución laboral por razón del género o sexo: Toda situación de trato diferenciado injustificado, expreso o tácito, relacionado con la retribución económica percibida en desarrollo de una relación laboral, cualquiera sea su denominación por razones de género o sexo.
Discriminación indirecta en materia de retribución laboral por razón del género o sexo: Toda situación de trato diferenciado...
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