medidas innominadas
Concepto de Medidas Innominadas:
Las medidas innominadas “son medidas preventivas de naturaleza cautelar no expresamente determinadas en cuanto a su contenido en la ley, producto del poder cautelar general del juez, que a solicitud de parte, puede decretar y ejecutar siempre que las considere necesarias, o que sean pertinentes a su prudente arbitrio para evitar una lesiónactual y concreta o para evitar su continuación cuando la misma se presente de manera continua, todo ello con la finalidad no solo de evitar que el fallo quede ilusorio en su ejecución, sino fundamentalmente para prevenir el daño o una lesión irreparable que una de las partes pueda causar en los derechos de la otra.”
Cuando hablamos de medidas innominadas estamos hablando de otras providenciasque el juez puede dictar, medidas asegurativas o conservadoras que no son ni secuestros, ni embargos, ni prohibición de enajenar o gravar, por el contrario pueden ser autorizaciones o pueden ser prohibiciones, pero no recaen directamente sobre bienes...
Naturaleza jurídica de las medidas cautelares innominadas:
Corresponde estrictamente al ámbito jurisdiccional y radica en constituir una tutelapara asegurar o garantizar que no se le cause un daño o perjuicio inminente o de difícil reparación al derecho de una de las partes durante el proceso, resguardando así uno de los fines principales del derecho, formado por la aplicación de una justicia, rápida, eficaz.
Por lo demás, esta tutela anticipada puede ser concedida en el curso del proceso, formando una barrera protectora contra losmales que pueden surgir por el transcurso del tiempo, en perjuicio de una de las partes, resguardando de forma efectiva los derechos de las partes y asegurando que exista con que satisfacer los derechos del victorioso en la litis.
Requisitos de procedibilidad de las medidas cautelares innominadas
El artículo 585 del Código de Procedimiento Civil establece la judiciabilidad de las medidascautelares, sólo el juez puede acordar esa medida, porque las mismas necesariamente se traducen en una restricción o limitación al ejercicio de los derechos fundamentales.
Para que procedan las medidas preventivas se deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Que exista un juicio pendiente. No sólo basta la presentación del libelo de la demanda, debió ser admitida por el tribunal con posterioridad.Así lo estableció la Corte Suprema de Justicia en su fallo del 12/12/1979.
2. La presunción grave del derecho que se reclama o el Fomus Boni Iuris.
3. Cuando exista riesgo manifiesto que quede ilusoria la ejecución del fallo o el Fomus Periculum in Mora.
4. Que la petición encaje dentro de los casos taxativamente determinados en el Código de Procedimiento Civil.
5. Es importante mencionar elsupuesto que el solicitante de la medida no disponga de un medio que le permita cauciones, afianzar o garantizar las resultas del proceso, porque las medidas cautelares pueden causar desastres patrimoniales a las personas contra quien se dirige.
Características de las Medidas Innominadas
Son facultativas al Juez, es decir, faculta al juez para evitar la continuidad del daño.
Comportanobligaciones de hacer o de no hacer.
Puede ser decretadas por el juez en el proceso civil ordinario, especiales contenciosos y no contenciosos o de jurisdicción voluntaria, pero también en los procesos laborales, agrarios, en los procedimientos de amparo, en los procedimientos contencioso administrativo, en la ejecución de sentencias definitivas, constitutivas y mero declarativas.
Una de lascaracterísticas básicas de las medidas innominadas es que contiene el componente de la discrecionalidad del juez, y esto se evidencia cuando la norma enuncia el “Tribunal podrá”.
Se requiere del periculum in damni, es decir, el peligro o temor fundado de que se le pueda causar a la parte, en este caso a la actora, una lesión grave o de difícil reparación.
Diferencia entre medidas cautelares nominadas...
Regístrate para leer el documento completo.