medidores
Empresas de acueducto están obligadas a instalar medidores de agua, recuerda la Superservicios
Bogotá, D.C. Abril 23 de2007. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) recordó hoy a todas las empresas prestadoras del servicio de acueducto en el país la obligación que tienen de instalarlos medidores que permitan establecer, con precisión, los consumos de agua y asegurar así el derecho que tienen los usuarios de conocer la medición real del líquido utilizado y el valorde la factura correspondiente por el servicio recibido.
Los usuarios no se pueden negar a la instalación de los medidores, afirma la Superservicios, pues en caso que se opongan, laempresa está facultada para suspender el servicio o dar por terminado el contrato de prestación del mismo.
Las empresas también están facultadas por la ley para suspender el servicio encaso de conexiones o acometidas fraudulentas o cuando se compruebe, respetando el debido proceso, la alteración de los medidores. El Código Penal establece pena de prisión de uno a cuatroaños por apropiación indebida de este servicio, al igual que una muta entre 1 y 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Cuando una empresa se enfrente a la negación por partede los usuarios para la instalación de medidores, detecte conexiones o acometidas fraudulentas y/o alteración de medidores, podrá solicitar la colaboración de la policía y proceder a lainstalación de los aparatos de medición, a la suspensión o corte del servicio.
Señaló la Superservicios que los instrumentos de medición deben ser tecnológicamente apropiados ycalibrados en un laboratorio de medidores, que el usuario podrá elegir libremente, siempre y cuando esté certificado por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). FGO
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