Medios de Defensa JAGC
FISCAL PARA
CONTADORES
ELABORO: CPC. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ CASTRO
REFLEXIÓN
“Ninguna clase de Planeación Fiscal es
concebible como tal a partir del momento
mismo en que se deje de respetar la
preceptiva legal”
“La evasión Fiscal siempre es ilegal, más
que atentar contra el interés común, atenta
contra si mismo. ”
La planeación Fiscal (Daniel Diep Diep)
ELABORO: CPC JOSÉANTONIO GONZÁLEZ CASTRO
TIPOLOGÌA DE LOS DELITOS
Agravantes
Atenuantes
Eximentes
1)
2)
3)
4)
5)
6)
7)
8)
Dolo
Reincidencia
Ventaja
Premeditación
Cuantía
Asociación Delictuosa
Violencia
Concurso de Delitos
1)
2)
3)
4)
5)
Primo Delincuencia
Cuantía
Desconocimiento
Ignorancia Supina
Necesidad Extrema
Inimputables: Son las
personas a quienes no se
les puede poner ningún
tipo de sanción
1)
2)3)
4)
Interdicto
Las personas con Fuero
Ebrios Consuetudinarios
Farmacodependientes
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PARA PENSAR?
Nada es Cierto y Nada es Verdad…
todo DEPENDE del cristal con que se
Mire
ELABORO: CPC JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ CASTRO
Derecho de Petición
Los Funcionarios y Empleados Públicos respetarán el
ejercicio del DERECHO DE PETICIÓN, siempre que
ésta se formule porescrito, de manera pacífica y
respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer
uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo ESCRITO de
la autoridad a quién se haya dirigido, la cual tiene la
OBLIGACIÓN de hacerlo conocer en breve término al
peticionario.
Art. 8 de la CPEUM
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Derecho de Petición“Requisitos”
1) Se tiene que formular por ESCRITO
2) De manera PACÍFICA
3) Y Respetuosa
4) Debe de recaer una RESPUESTA (Afirmativa o
Negativa)
Art. 8 de la CPEUM
ELABORO: CPC JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ CASTRO
Plazo para la Resolución de Peticiones
a la Autoridad Fiscal
Las instancias o peticiones que se formulen a las
autoridades fiscales deberán ser resueltas en un
plazo de tres meses; transcurrido dichoplazo sin
que se notifique la resolución, el interesado podrá
considerar que la autoridad resolvió negativamente
e interponer los medios de defensa en cualquier
tiempo posterior a dicho plazo, mientras no se dicte
la resolución, o bien, esperar a que ésta se dicte.
Art. 37 CFF
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“Silencio de la Autoridad” en el Recurso de
Revocación
La autoridad deberádictar resolución y notificará en un
término que no excederá de TRES MESES contados a
partir de la fecha de interposición del recurso. EL
SILENCIO DE LA AUTORIDAD SIGNIFICARÁ QUE
SE HA CONFIRMADO EL ACTO IMPUGNADO.
El recurrente podrá decidir esperar la resolución expresa
o impugnar en cualquier tiempo la presunta confirmación
del acto impugnado
Art. 131 del CFF
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Máximas Jurídicas en Materia
Fiscal
“El contribuyente puede hacer todo lo que la ley
No le Prohíba”
“La Autoridad Puede Hacer Sólo lo que la Ley
le Permita”
“La disposición Particular, se antepone la
General”
“Lo que no está explícitamente prohibido, está
Implícitamente Permitido”
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Momento en que se interpone un
Medio de Defensa
Cuando haya unaafectación de un
Derecho o de un
Interés del Jurídico
del Contribuyente
a) Cuando de determine un Crédito
Fiscal Firme.
b) Cuando no se le devuelva un
Saldo a favor del Contribuyente
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Medios de Defensa en Materia
Fiscal
1) Recurso de Revocación
SAT
2) Recurso de Inconformidad
IMSS
3) Juicio de Nulidad
TFJFA
4) Juicio de Amparo
Tribunal Colegiadode Circuito
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INSTANCIAS
INSTANCIAS O
O MEDIOS
MEDIOS DE
DE DEFENSA
DEFENSA
RECURSO DE
REVOCACIÓN
DEMANDA DE
NULIDAD
JUICIO DE AMPARO
RESOLUCIÓN
DEFINITIVA
O ACTO DE
AUTORIDAD
DEMANDA DE
NULIDAD
JUICIO DE
AMPARO
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FORMA DE CONTAR LOS DÍAS
PARA EL PLAZO
PAGO DE LO
DOMINGO
11
LUNES
12
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