medios
-Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza,sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Este artículo tiene relación directa con el derecho laboral ya que en cualquier tipo de trabajo no debe existirningún tipo de discriminación. Derecho a la igualdad y no discriminación, las discriminaciones más habituales se producen en el acceso al empleo, en los ascensos o promociones, en la retribución y enlos despidos.
-Artículo 16
Libertad ideológica y religiosa; resulta de interés en las empresas ideológicas o de tendencia (centros educativos, partidos políticos, hospitales religiosos,sindicatos, medios de comunicación, etc.). Nadie puede ser obligado en ningún trabajo a expresar su ideología y religiosidad.
-Artículo 18
Derecho a la intimidad. Inviolabilidad del domicilio; esta serie dederechos cobran importancia cuando se controla la prestación de servicios de los trabajadores mediante videocámaras, grabaciones de audio, se controla el uso de Internet en el trabajo, etc. Se incluyeaquí la protección frente a los diferentes tipos de acoso en el ámbito laboral. El derecho a la propia imagen del trabajador debe modularse cuando la empresa impone una uniformidad determinada o unaspecto concreto (prohibición de barba, etc.). Derecho al secreto de las comunicaciones es importante en los casos de control del trabajo mediante grabaciones de audio, control del correo electrónicocorporativo de los empleados, uso sindical del correo electrónico de la empresa.
-Artículo 20
Libertad de expresión; Se trata de una garantía para los representantes de los trabajadores, tambiéninteresa en casos de trabajadores que critican a la empresa mediante las redes sociales o manifiestan opiniones públicamente contra el ideario propio de sus empresas de tendencia.
-Artículo 21...
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