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DECRETO SUPREMO Nº 002-89-JUS
CONCORDANCIAS: R. N° 119-2003-SUNARP-SN
R. N° 540-2003-SUNARP-SN,Reglam.Insc.Reg.Predios, Art. 18
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la inscripción de predios en el Registro de la Propiedad Inmueble debe realizarse teniendo en cuenta
los elementos deidentificación de los mismos, que se encuentran en los Registros Catastrales de los
Concejos Distritales;
Que, es necesario racionalizar y agilizar los Sistemas Registrales del país, con el objetode evitar
innecesarios trámites y duplicidades;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) del artículo 211 de la Constitución Política del Perú.
DECRETA:
Artículo 1.- Para lainscripción primera de dominio, subdivisión o acumulación de predios urbanos,
ubicados en zonas o regiones catastradas o en proceso de levantamiento catastral, los interesados deberán
presentar:
-Copia del Plano Catastral emitido por la Oficina de Catastro Distrital debidamente autenticada por el
profesional autorizado para el efecto.
- Código Catastral con el que se identifica el lotedonde se encuentra el predio materia de inscripción.
- Area del Terreno y Área Construida expresadas ambas en metros cuadrados y con aproximación de dos
cifras decimales.
Artículo 2.- LosNotarios Públicos y los Registradores Públicos, bajo responsabilidad, no tramitarán o
inscribirán, respectivamente, ningún acto o contrato referente a primeras de dominio, subdivisión oacumulación de predios urbanos, sin que previamente el interesado acompañe el requisito señalado en el
artículo primero del presente decreto supremo.
ALAN GARCIA PEREZ
Presidente Constitucional dela República
ARMANDO VILLANUEVA DEL CAMPO
Ministro de la Presidencia
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de la Presidencia
CESAR DELGADO BARRETO
Ministro de Justicia
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