Memorial De Accion De Amparo
CAPITULO I
ARTICULO 1. Esta ley se aplicará en los casos de invasión del territorio nacional, de perturbación grave
de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la seguridad del Estado.
ARTICULO 2. (Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República). El
Presidente de la República, en Consejo de Ministros, calificará lassituaciones previstas en el artículo
anterior y, según su naturaleza o gravedad, emitirá el decreto que corresponda con las especificaciones y
en el grado a que respectivamente se refieren los artículos 151 y 153 de la Constitución de la República”.
ARTICULO 3. (Suprimido por el Artículo 2 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República).
Suprimido
ARTICULO 4. (Suprimido por el Artículo 2 delDecreto Número 89-70 del Congreso de la República).
Suprimido
ARTICULO 5. (Suprimido por el Artículo 2 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República).
Suprimido
ARTICULO 6. Inmediatamente después de emitido el decreto que establece el estado de alarma, de
calamidad pública o de sitio, se dará cuenta al Congreso de la República para que lo ratifique, modifique
o impruebe.
En caso demodificaciones o de improbación por parte del Congreso, lo actuado con anterioridad tendrá
plena validez.
Los decretos relativos al estado de prevención no requieren la intervención del Congreso.
* Publicado a páginas 48 a 53, de fecha 14 de diciembre de 1965, Fuente: Recopilación de Leyes
Centro de Acción Legal - Ambiental y Social de Guatemala (CALAS)
Programa de Información Estratégica(PIE-CALAS)
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ARTICULO 7. (Suprimido por el Artículo 2 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República).
Suprimido
CAPITULO II
DEL ESTADO DE PREVENCION
ARTICULO 8. (Reformado por el Artículo 3 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República). Tal
como lo dispone el artículo 151 de la Constitución de la República, el Decreto de Estado de Prevención,
no necesita de la aprobación delCongreso; su vigencia no excederá de quince días y durante ella podrá
el Ejecutivo, tomar las medidas siguientes:
1) Militarizar los servicios públicos, incluso los centros de enseñanza, e intervenir los prestados por
empresas particulares.
2) Fijar las condiciones bajo las cuales pueden ejercitarse los derechos de huelga o paro, o prohibirlos o
impedirlos cuando tuvieren móviles ofinalidades políticas.
3) Limitar la celebración de reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos y
en su caso, impedir que se lleven a cabo, aun cuando fueren de carácter privado.
4) Disolver por la fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevaren a cabo sin la
debida autorización, o, si habiéndose autorizado se efectuare portando armas u otros elementosde
violencia. En tales casos, se procederá a disolverlas; si los reunidos o manifestantes se negaren a
hacerlo, después de haber sido conminados para ello.
5) Disolver por la fuerza, sin necesidad de conminatoria alguna, cualquier grupo, reunión o
manifestación pública en la que se hiciere uso de armas o se recurriere a actos de violencia.
6) Prohibir la circulación o estacionamiento devehículos en lugares, zonas u horas determinadas,
impedir su salida fuera de las poblaciones o someterlos a registro; y exigir a quienes viajen en el
interior de la República, la declaración del itinerario a seguir.
7) Exigir a los órganos de publicidad o difusión, que eviten todas aquellas publicaciones que a juicio de
la autoridad contribuyan o inciten a la alteración del orden público. Si laprevención no fuere acatada
y sin perjuicio de otras medidas, se procederá por desobediencia contra los responsables”.
ARTICULO 9. (Suprimido por el Artículo 4 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República).
Suprimido
ARTICULO 10. (Suprimido por el Artículo 4 del Decreto Número 89-70 del Congreso de la República).
Suprimido
CAPITULO III
DEL ESTADO DE ALARMA
ARTICULO 11. (Suprimido...
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