memorial
SEGUNDO. Su Despacho luego de admitir la demanda, ordenó el libramiento de pago decretando el embargo, secuestro y retención previa, de los bienes y cuentas a favor deELECTRIPESADOS LTDA. Por la suma de $ 29.139.916 M/CTE por concepto capital, representadas en las facturas de venta Nros. 82702, 82703, 82704, 82711, 82725, 82729, 82730, 82731, 82829, y 82864.TERCERO. Como quiera que por concepto de capital representada en las facturas antes mencionadas; ya se encuentre debidamente paga dentro del proceso pues el mencionado títulojudicial fue consignado por el Banco Colpatria el día 30 de mayo de 2013 a órdenes del despacho por un valor de $ 49.500.000 M/CTE quedando así realizado el pago el saldo de la obligación. Elpresente proceso se debe terminar POR PAGO de conformidad con el artículo 537 del Código de Procedimiento Civil.
Por esta razón, gentilmente solicito a su señoría ponerle fin alproceso para lo cual formulo las siguientes
PETICIONES
PRIMERA. Sírvase ordenar la TERMINACION INCONDICIONAL DEL PROCESO POR PAGO DE LA OBLIGACION CARLOS EDUARDO PUERTO HURTADO, Mayorde edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado con cedula de ciudadanía número 80.085.601 de Bogotá D.C., obrando en calidad de apoderado de la sociedad CONSORCIO ENERGIACOLOMBIA S.A.- CENERCOL S.A Ejecutante en el proceso de la referencia, comedidamente acudo a su Despacho con el fin de solicitarle Señor Juez, previa manifestación de los siguientes:
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