menaje de casa
El menaje de casa que se puede importar libre de impuestos al comercio exterior, comprende las siguientes mercancías usadas:
1. Ajuar y mobiliario de una casa que sirvanexclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia.
2. Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones ogalerías de arte.
3. Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante.
4. Losinstrumentos científicos y las herramientas no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres.
5. Las necesarias para el desempeño de las labores deperiodismo para prensa, radio o televisión.
En ningún caso deberá venir mercancía nueva, alimentos ni bebidas dentro de los menajes de casa.
No se consideran parte del menaje de casa, la mercancíanecesaria para desempeñar actividades comerciales o industriales, (materias primas, equipos, inventarios, etc.) así como, los vehículos.
Los interesados en realizar el menaje de casa libre deimpuestos, deberán acreditar que dicho menaje de casa fue adquirido por lo menos seis meses antes de la fecha en que pretenda ingresarse a México.
El menaje de casa podrá efectuarse dentro de los tresmeses anteriores a la entrada del interesado al país o al de su salida del mismo o dentro de los seis meses posteriores a la fecha en que éste haya arribado o salido.
Fundamento legal: artículos 61fracción VII y 142 de la ley aduanera, artículos 90, 91 y 94 reglamento de la ley aduanera, regla 3.3.3. de las reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2012.
INMIGRANTESLos inmigrantes y nacionales repatriados o deportados, podrán introducir su menaje de casa libre de impuestos al comercio exterior siempre que se sujeten al siguiente procedimiento:
1. Obtener en...
Regístrate para leer el documento completo.