Mercadotecnia
TITULO CUARTO DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS PATRONES
CAPITULO III BIS DE LA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO 153-TLos trabajadores que hayan sido aprobados en los exámenes de capacitación y adiestramiento en los términos de este capitulo, tendrán derecho a que la entidad instructora les expida las constanciasrespectivas, mismas que, autentificadas por la comisión mixta de capacitación y adiestramiento de la empresa, se harán del conocimiento de la secretaria del trabajo y previsión social, por conductodel correspondiente comité nacional o, a falta de este, a través de las autoridades del trabajo a fin de que la propia secretaria las registre y las tome en cuenta al formular el padrón de trabajadorescapacitados que corresponda, en los términos de la fracción IV del articulo 539.
ARTICULO 153-V
La constancia de habilidades laborales es el documento expedido por el capacitador, con el cual eltrabajador acreditara haber llevado y aprobado un curso de capacitación.
ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZAN LOS CRITERIOS GENERALES Y SE ESTABLECEN LOS FORMATOS CORRESPONDIENTES, PARA LAREALIZACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DE LOS TRABAJADORES
ARTICULO TERCERO:
Se establecen los siguientes criterios generales y formatos correspondientes, para laelaboración de las constancias de habilidades laborales que se expidan a los trabajadores y para la presentación de las listas de dichas constancias ante la Secretaría:
I.- La constancia dehabilidades laborales en el documento que acredita la capacitación que un trabajador recibe como resultado de la aprobación de los cursos que forman parte de los planes y programas de capacitación yadiestramiento de la empresa.
II.- Las constancias de habilidades laborales deberán sujetarse a los siguientes lineamientos:
A.- Serán expedidas por la persona o entidad instructora en el caso de...
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