Mercantil
CASO 1.
Competencia desleal
Artículos 6 y 20 de la LCD: actos de confusión (el artículo 20 contra consumidores/usuarios).
AP (Audiencia Provincial de LasPalmas) número 231/2005 (sección 5) de 29 de abril (Sentencia Actimel Vs Lactive).
Existen dos fundamentos jurídicos. El primer de ellos se encuentra en el primer párrafo y el segundo de ellos enel tercer párrafo.
No se puede penalizar al innovador.
No se puede estancar el mercado impidiendo que se puedan crear productos similares, se debe buscar el equilibrio entre el derecho delibertad de empresa y el de competencia.
El principio de imitación se encuentra supeditado a dos límites:
Al derecho de exclusiva , aunque éste ahora no nos sirve, no hablamos de patentes.
A laprotección del consumidor pues se debe valorar si crea confusión o no.
El riesgo de asociación (riesgo de confusión): la inexistencia de asociación genera que no exista tampoco acto de confusión.Explotación de la reputación: debe existir un mínimo de riesgo de asociación.
La resolución del Tribunal se encuentra recogida en el fundamento sexto párrafo 11.
CASO 2.
Competencia desleal.STS núm 650/1999 (Sala de lo Civil) de 17 de julio, violación de secretos (esta no es la sentencia referida al caso dos pero nos sirve).
Artículo 13 LCD: violación de secretos
Artículo 13.Violación de secretos.
1. Se considera desleal la divulgación o explotación, sin autorización de su titular, de secretos industriales o de cualquier otra especie de secretos empresariales a los que sehaya tenido acceso legítimamente, pero con deber de reserva, o ilegítimamente, a consecuencia de alguna de las conductas previstas en el apartado siguiente o en el artículo 14.
2. Tendrán asimismo laconsideración de desleal la adquisición de secretos por medio de espionaje o procedimiento análogo.
3. La persecución de las violaciones de secretos contempladas en los apartados anteriores no...
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