Mesa nueva ley de amparo
D.O.F. 2 de abril de 2013
Dr. Jorge Rivero Evia
Disposiciones fundamentales
Dr. Jorge Rivero Evia
Objeto del juicio de amparo
Resolver
controversias que
se susciten por
Protege a las
personas (físicas o
morales), frente a
normas generales,
actos u omisiones
por parte de los
poderes públicos o
de particulares)
+ Por normas generales, actos u omisionesde autoridad que
violen los derechos humanos reconocidos y las garantías
otorgadas para su protección por la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, así como por los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;
+ Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad
federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o
la esfera de competenciasdel Distrito Federal, siempre y
cuando se violen los derechos humanos reconocidos y las
garantías otorgadas para su protección por la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
+ Por normas generales, actos u omisiones de las autoridades
de los Estados o del Distrito Federal, que invadan la esfera de
competencia de la autoridad federal, siempre y cuando se
violen los derechoshumanos reconocidos y las garantías
otorgadas por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Dr. Jorge Rivero Evia
Vías
Amparo Directo
Amparo Indirecto
Formas y
procedimientos
señalados en la Ley.
Supletoriedad + CFPC
+ Principios generales del derecho
Dr. Jorge Rivero Evia
Promociones
Escritas
Impresa
Electrónicas
Orales
Firma electrónica:medio de ingreso al sistema del
PJF que producirá los mismos efectos que la firma
autógrafa
Opción para enviar y recibir promociones,
documentos, comunicaciones y notificaciones
oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones
y sentencias
En audiencias, notificaciones y comparecencias
autorizadas por la ley, dejando constancia de lo esencial
en autos.
Dr. Jorge Rivero EviaDualidad de expedientes
Electrónico
Impreso
Total coincidencia
Digitalización
Titulares de los órganos jurisdiccionales
(responsabilidad)
Todas las promociones, documentos de las
partes, acuerdos, resoluciones y sentencias
Dr. Jorge Rivero Evia
Atención prioritaria
De manera excepcional, y sólo cuando exista urgencia atendiendo al
interés social o al orden público, las Cámarasdel Congreso de la Unión, a
través de sus presidentes, o el Ejecutivo Federal, por conducto de su
Consejero Jurídico, podrán solicitar al Presidente de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación que un juicio de amparo, incluidos los recursos o
procedimientos derivados de éste, se substancien y resuelvan de manera
prioritaria, sin modificar de ningún modo los plazos previstos en la leyURGENCIA
I.
Se trate de amparos promovidos para la defensa de
grupos vulnerables en los términos de la ley.
II.
Se trate del cumplimiento de decretos, resoluciones
o actos de autoridad en materia de competencia económica,
monopolios y libre concurrencia.
III.
Se trate de prevenir daños irreversibles al equilibrio
ecológico.
IV.
En aquellos casos que el Pleno de la Suprema Corte
deJusticia de la Nación estime procedentes.
Dr. Jorge Rivero Evia
Partes
Dr. Jorge Rivero Evia
Quejoso
Quien aduce ser titular de un
derecho subjetivo
o de un interés legítimo
individual o colectivo
NO INTERÉS
SIMPLE
Siempre que alegue que la norma, acto u
omisión violan los DH contenidos en el
artículo 1º L.A. y se produzca una afectación
REAL y ACTUAL en su esfera jurídica, yasea
de manera DIRECTA o por su ESPECIAL
situación frente al orden jurídico
La autoridad pública NO
PUEDE INVOCAR INTERÉS
LEGÍTIMO
En amparos vs Tribunales, es necesario tener un derecho
subjetivo que afecte de manera personal y directa (interés
jurídico)
Dr. Jorge Rivero Evia
Quejoso/Amparo colectivo
Podrá promoverse amparo
conjuntamente por 2 o más
quejosos cuando resientan...
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