metodologia de investigacion
Titulo VI
DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
El título 6 se refiere al poder judicial, el cual es ejercido por la Suprema Corte de Justicia ylos demás Tribunales del orden judicial, creado por la Constitución y las leyes, por orden de jerarquía, establece las Suprema Corte de Justicia, la forma en que esta integrada, su nombramiento porparte de consejo de al magistratura, la conformación del consejo de la magistratura, la condiciones para ser juez de la Suprema Corte de Justicia.
El artículo 67, se refiere a las atribuciones de laSuprema Corte de Justicia, con relación al numeral 1, de la causas que debe conocer en única instancia, es pertinente comentar que este artículo priva a los funcionarios que involucra del derecho derecurrir, o sea del doble grado de jurisdicción, lo que vulnera el principio de igualdad de todos ante la ley.
En la escala siguen las Cortes de Apelación, estableciendo el artículo 68 que habrá porlo menos nueve Cortes de Apelación, indicando el número de jueces que debe componerla, así como los distritos judiciales que le corresponden a cada corte.
Es conveniente referirse a lacircunstancia de que ciertas Cortes de Apelación (y de igual manera ciertos Juzgados de Primera Instancia) ha sido divididos en salas, circunstancia esta que uno esta prevista por la Constitución.
Continuandocon el orden jerárquico de los tribunales sigue la estructura del Tribunal de Tierras, los Juzgado de Primera instancia en la sección 5 y en cuya sección el artículo 77 merece ser comentado en cuantose refiere a que no es necesaria la condición de abogado para desempeñar las funciones de Juez de Paz o Fiscalizador o Suplente, donde no se posible elegir o designar abogados para las mismas.A luz de los nuevos tiempos esta disposición no tiene razón de ser por el excedente de profesionales en el área de derecho que egresan de las universidades dominicanas, y aun así la Suprema Corte de...
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