mi razon de ser
El pagaré debe contener necesariamente:
1. La denominación de pagaré inserta en el propio texto del título y expresada en el idioma empleado en la redacción de dicho título.
2. Lapromesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros o en moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.
3. Indicación del vencimiento. En caso de que no se haga indicaciónespecial se considerará que el pagaré es pagadero a la vista.
4. Lugar en el que el pago ha de efectuarse. A falta de indicación especial se entenderá como lugar de pago el que conste como lugar deemisión, que se entenderá también como lugar de domicilio del firmante.
5. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago o a cuya orden se ha de efectuar.
6. La fecha y el lugar en el que se firmael pagaré. En el caso de que no se indique expresamente el lugar de emisión, se entenderá como tal el lugar que figure junto al nombre del firmante.
7. La firma de quien emite el título, denominadofirmante.
Requisitos que se pueden subsanar
En el caso de que faltase cualquiera de estos requisitos el documento no se considerará pagaré y por tanto perderá su fuerza ejecutiva que consistebásicamente en la posibilidad de que, ante un impago, se pueda exigir su cobro de manera rápida por vía judicial. (Juicio cambiario).En tal caso el documento tendrá sólo la validez que se derive de suscircunstancias como documento probatorio de la existencia de una obligación.
Cuestión distinta es la del pagaré en blanco, que llevando la firma de quien libra el documento, omite todos o algunos de losrequisitos formales indicados. En este caso el pagaré es válido si se completa debidamente antes del vencimiento; si el pagaré se completa contrariamente a los acuerdos alcanzados al respecto, dichacircunstancia no podrá alegarse como excepción al pago contra el tenedor en el momento en que exija su cumplimiento, salvo si éste lo adquirió de mala fe o con culpa grave.
Artículos que hablan del...
Regístrate para leer el documento completo.