Miembros De Las Naciones Unidas
CAPÍTULO II: MIEMBROS
Artículo 3
Son Miembros originarios de las Naciones Unidas los Estados que habiendo participado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobreOrganización Internacional celebrada en San Francisco, o que habiendo firmado previamente la Declaración de las Naciones Unidas de 1 de enero de 1942, suscriban esta Carta y la ratifiquen de conformidadcon el Artículo 110.
Artículo 4
1. Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de laOrganización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo.
2. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de laAsamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.
Artículo 5
Todo Miembro de las Naciones Unidas que haya sido objeto de acción preventiva o coercitiva por parte del Consejo de Seguridadpodrá ser suspendido por la Asamblea General, a recomendación del Consejo de Seguridad, del ejercicio de los derechos y privilegios inherentes a su calidad de Miembro. El ejercicio de tales derechos yprivilegios podrá ser restituido por el Consejo de Seguridad.
Artículo 6
Todo Miembro de las Naciones Unidas que haya violado repetidamente los Principios contenidos en esta Carta podrá ser expulsadode la Organización por la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.
i. Miembros
Son miembros originarios los que suscribieron la Carta de San Francisco y los admitidos, que ingresaronpor el procedimiento previsto en la Carta.
Para ser Estado miembro se debe:
ser estado: requisito objetivo
amante de la paz: subjetivo
que acepten las obligaciones establecidas en la Carta:...
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