minero
Modalidades legales para el ejercicio de la actividad minera
La concesión, exploración y subsiguiente explotación: al referirnos a las modalidades de la para el ejercicio de la actividad minera hay que tener en cuenta hay que tener en cuenta dos regímenes los cuales son > el Descentralizado cuya competencia le corresponde a los estados ymunicipios por los objetos minerales no metálicos y el Centralizado cuya competencia es del estado (Rep.) por objeto minerales restantes.
LA CONCESIÓN MINERA=CENTRALIZADA
Por nominación legal representa dos etapas de cumplimiento sucesivo y cada una con un régimen legal determinado en la ley, la cual se genera a través de un acto administrativo derivado de un órgano competente y por finalidadrealizar la actividad minera desde el punto de vista técnico y también del económico.
Régimen legal
1 pueden obtenerla según el art. 17 de la ley de minas obtienen la concesión minera: toda persona natural o jurídica nacional o extranjera hábil en derecho y domiciliada en el país salvo excepciones presentes a la ley.
2 tiene una duración según lo establecido en el art. 25 de la ley, serán sololas de exploración y subsiguiente explotación (ppio. De la concesión única), una duración Max. De 20 años y se comenzaran a contar a partir de la publicación en gaceta oficial del certificado de explotación.
Prorroga: aplazamiento de un acto o de un hecho, alargamiento de un plazo, continuación de un estado de cosas durante tiempo determinado.
Para obtener la prorroga es necesario que el titularde la concesión cumpla con los siguientes requisitos establecidos en la ley:
A. el concesionario debe estar solvente con la obligación minera.
B. se debe dirigir una solicitud por escrito al ejecutivo a través del órgano competente acerca de la prorroga de la concesión.
c. la solicitud deberá realizar dentro de los últimos 3 años de la concesión pero necesariamente deberá materializarse antesde los últimos 3 meses y se divide en dos.
D. y de ser acordada se dará por un termino máximo de 10 años.
E. se puede solicitar de manera reiterada pero la sumatoria del termino concedido no puede exceder el termino original es decir: si originalmente se solicita una de 8 años se puede solicitar una de 5, 7,6 etc. Pero no de 9 años.
F. en el término de los últimos 6 meses del lapso devencimiento para la solicitud de prorroga el ejecutivo nacional debe dar respuesta al concesionario y de no ser acordada o no sea notificada se produce la renovación estando en presencia de la figura del silencio administrativo en positivo.
El Silencio Administrativo.
Tiene su basamento legal en la constitución específicamente en el articulo 51 que expresa lo siguiente “toda persona tiene elderecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario publico (a), sobre los asuntos que sean de la competencia de estos o de (as) y de obtener oportuna y adecuada respuesta quienes violen este derecho serán sancionados (as) conforme a la ley pudiendo ser destituidos del cargo respectivo”. > DERECHO DE PETICION.
Y en el artículo 2 de la LOPA se expresa lo siguiente “todapersona interesada podrá por si o por medio de su representante, dirigir instancias o peticiones ante cualquier organismo, entidad o autoridad administrativa. Estos deberán resolver las instancias o peticiones que se les dirijan o bien declarar en su caso los motivos que tuvieren para no hacerlo.” > DERECHO DE PETICION
Y de forma GENÉRICA EN EL ARTICULO 4 DE LA LOPA de la siguiente forma; laadministración publica no resolviere un asunto o recurso dentro de los lapsos correspondientes, se considera que este ha resuelto negativamente y el interesado podrá intentar el recurso inmediato siguiente salvo disposición en contrario, la cual no releva a los órganos administrativos ni a sus personeros de las responsabilidades que les sean imputables por la omisión o demora, si es reiterada la...
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