Ministerio publico y violencia contra la mujer
Antes de la citada ley, los agresores una vez capturados, rara vez eran llevados a audiencia de formulación de imputación, pues los fiscales generalmenteoptaban por otorgarles la libertad y obviamente el drama de la víctima ante el regreso de su agresor resultaba preocupante ante la sensación de venganza.
Con al actual ley 1542 de 2012, los fiscalesse ven obligados a llevar a los agresores ante el Juez de Garantías y celebrar audiencias de legalización de captura e imputación, empero, en últimas resultan retirando la medida deaseguramiento y los agresores regresan donde la víctima quien queda totalmente desprotegida y con el riesgo de ser maltratada nuevamente.
El Ministerio Público tratando de proteger especialmente a lamujer que es el 99% de ser víctimas de esa inusitada violencia doméstica, ha propendido y reclamado ante los Fiscales que estos sí deciden retirar la medida de aseguramiento y luego piden lalibertad de los victimarios, no se deje al garete la suerte de la víctima, pues legalmente están en la obligación de solicitar ante el Juez MEDIDAS DE PROTECCION, y es así como previamente a laaudiencia se les recuerda por escrito dicha obligación quedando la solicitud dentro de la carpeta de la Fiscalía.
No se trata de hacer una propuesta caprichosa a la Fiscalía, sino que es unmandato legal como a continuación se detalla:
El Decreto –Ley 4799 de 2011, en el artículo 2 inciso segundo y tercero, establece lo siguiente:
“…Cuando los casos lleguen a la Fiscalía General de...
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