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El art. 1 de la ley 17.418 define al contrato de seguros como aquel por el cual un asegurador se obliga mediante una prima o cotización, a resarcir una daño ocumplir la prestación convenida, si ocurre el evento previsto. Así los subsiguientes artículos, del 1 a 4, ponen de relieve los caracteres de ésta relación contractual. El contrato debe ser:
Consensual:requiere del acuerdo de voluntades con prescindencia de la firma y entrega de la póliza del asegurado.
Aleatorio: A pesar que el seguro moderno transforma el riesgo del contrato individual en unaeventualidad matemáticamente calculada, está, no quita su aleatoriedad.
Bilateral y sinalagmático: ha sido puesto en duda, ya que la prestación del asegurador se concreta cuando se produce elevento previsto.
Oneroso: Porque el asegurador paga la prima o cotización en razón de que el asegurador le pagaría la indemnización convenida si el evento previsto se produce, promesa que da razón depago de la prima.
De ejecución diferida: Porque la prestación del asegurador aparece insertada en una relación duradera cuya función de satisfacer la necesidad de seguridad del asegurado no tienelugar solamente al momento del siniestro, sino que ella se aplica por toda la vida del contrato.
Concepto y características.
El art. 1 de la ley 17.418 define al contrato de seguros como aquelpor el cual un asegurador se obliga mediante una prima o cotización, a resarcir una daño o cumplir la prestación convenida, si ocurre el evento previsto. Así los subsiguientes artículos, del 1 a 4,ponen de relieve los caracteres de ésta relación contractual. El contrato debe ser:
Consensual: requiere del acuerdo de voluntades con prescindencia de la firma y entrega de la póliza del asegurado.Aleatorio: A pesar que el seguro moderno transforma el riesgo del contrato individual en una eventualidad matemáticamente calculada, está, no quita su aleatoriedad.
Bilateral y sinalagmático:...
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