Mision
me motivó a analizar la siguiente situación. Siendo la estética un valor ambiental,
la Administración deReglamentos y Permisos (ARPE) ha emitido cientos de permisos para la instalación de rótulos y anuncios sin presentar ante la Junta de Calidad Ambiental (JCA), Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) respecto alos mismos. Fundamentaba su posición en que la Ley sobre Política Ambiental ordena a las agencias gubernamentales que cumplan con una DIA antes de efectuar cualquier acción o promulgar cualquierdecisión gubernamental que afecte significativamente la calidad del medio ambiente. Enfatizaba que el paisaje rural y urbano es uno de nuestros recursos naturales que requiere ser protegido paragarantizar a todos los puertorriqueños una adecuada calidad de vida y que como consecuencia de esto se ha producido una degradación del paisaje rural y urbano en diversos puntos de la isla, que se manifiestanagresivamente en las principales vías del área metropolitana. Como cuestión de hecho corroboré que nunca ARPE ha pedido una DIA antes de conceder estos permisos.
Se incluyen en la constitución deun país aquellos principios jurídicos a los cuales desea imprimírseles estabilidad. Se trata de aquellas normas sociales que se consideran vitales para la convivencia pacífica, el bien común y lacontinuidad de una democracia saludable. Son reglas de carácter tan esencial para una sociedad, que su permanencia no se abandona a los vaivenes del gobierno o a meros cambios de idiosincrasia. Laprotección del ambiente en Puerto Rico ostenta rango constitucional. La profunda preocupación de la Asamblea Constituyente por el uso prudente de nuestros escasos recursos y la conservación de la naturalezapara futuras generaciones, provocó que se plasmara de forma permanente esa norma en nuestra Constitución. Se estableció como política un doble mandato cuyo fino balance asegura el desarrollo...
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