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Ministerio del Poder Popular para la Defensa
Universidad Nacional Experimental
Politécnica de la Fuerza Armada
“U.N.E.F.A.”
Núcleo Cojedes
Profesora: Autores:
Ing. Yamile Figueroa frank ieroIng. Agronómico
IX Semestre
Sección: D
Mayo. 2012
INTRODUCCION
A continuación se presenta uninforme sobre la visita realizada en el Nacional de Salud Agrícola Integral ubicado en San Carlos Estado Cojedes, Donde se hiso un recorrido por las instalaciones de este ente gubernamental y se le realizo una entrevista a miembros que laboran en esta institución, con el fin no solo de obtener conocimientos sobre los objetivos y competencias de este órgano, sino también sobre los requerimientos queexige la ley de salud agrícola integral para el transporte de animales que se lleva acabo en el territorio nacional por casi toda la totalidad de los ganaderos y avicultores. Además se explicaron los requisitos indispensables para la movilización de los animales con sus respetivos ejemplos, Ya que un buen ingeniero agrónomo debe, además de destacarse en áreas de producción vegetal y animal,manejar y conocer sobre las obligaciones que exige la ley de salud agrícola integral a un productor ganadero o avicultor al momento de realizar un traslado de algún animal, por ello otros de los fines de esta visita es la de ganar experiencia y conocimientos sobre el área de la sanidad animal.
Historia y evolución de la salud agrícola integral
Laprimera legislación en materia de controles fitosanitarios fue emitida a inicios del siglo XX, cuando el entonces Congreso de los Estados Unidos de Venezuela promulgó el 2 de julio de 1931, la Ley sobre Defensas Sanitarias Vegetal y Animal. Posteriormente promulgó la nueva Ley sobre Defensas Sanitarias Vegetal y Animal, el 18 de junio de 1941. Estas leyes ayudaron a paliar la situaciónepidemiológica y fitosanitaria en el siglo XX. De esta forma, el tratamiento de los controles zoosanitarios y fitosanitarios quedó sujeto no sólo a las leyes aquí citadas, si no a un cúmulo de normativas y resoluciones dispersas que en los momentos actuales resultaron anacrónicas ante la nueva realidad nacional e internacional y el marco constitucional vigente.
En el área de la Comunidad Andina deNaciones (CAN), el 11 de Junio del año de 1998, se establece la Decisión 436 como Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola para contribuir a mejorar las condiciones de producción, comercialización, utilización y disposición final de desechos en los Países Miembros de la Subregión, elevando los niveles de calidad, de eficacia y de seguridad para la salud humanay el ambiente. Venezuela siendo miembro activo de la CAN se rigió por ese Convenio desde su creación hasta el momento en el cual el presidente Hugo Chávez decidió la salida de Venezuela a ese acuerdo de integración en el año 2006.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, establece como competencia del Poder Público Nacional en su artículo 156 numeral 32,legislar en materia de salud animal y vegetal, entre otras. En lo referido al marco constitucional vigente, los artículos 305, 306 y 307 establecen claramente entre otros aspectos: La obligación del Estado de promover una agricultura sustentable a fin de garantizar la soberanía y seguridad agroalimentaria de la población la cual se alcanzará desarrollando y privilegiando la producción agropecuaria...
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