Modalidades Asociativas
entendidas como reparto de utilidades, lo que no les impide actuar como gestoras de compras y ventas conjuntas de sus afiliados, como un serviciodirigido a lograr para ellos economía de escala, incremento de productividad y rentabilidad. También pueden crear empresas abastecedoras de insumos o comercializadoras de la producción de sus socios, en cuyo caso deben llevar contabilidad aparte de la institucional como una empresa cualquiera, en cuyo caso deben tributar conforme a ley y dedicar las utilidades resultantes a la creación de nuevosservicios para sus socios. (Esta parte es importante para aclarar que si bien no tienen fines de lucro, pueden ser gestoras de negocios para sus socios).. b. Las Cooperativas se rigen por lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, DS Nº 074-90-TR y las modificaciones parciales realizadas a la fecha, que a diferencia de las asociaciones se les permite hacer gestiones denegocios por cuenta de sus socios, aunque las ventas se realizan individualmente por aquéllos, que deben tributar al estado por sus ganancias netas. Su órgano directivo es la Asamblea General, existiendo un Consejo de
Agriconsult Perú SAC - Calle Miguel Dasso 134, Of. 402 – San Isidro, Lima – Perú Telefax: +511-421-5428 / E-mail: info@agriconsultperu.com / Web: www.agriconsultperu.comAdministración y otro de Vigilancia y un Comité Electoral. Bajo los Consejos citados debe existir una Gerencia. Como en las Asociaciones, todos los socios tienen igualdad de derechos y obligaciones, pero deben realizar un aporte para fines de educación por un monto que fije la Asamblea. Sensiblemente el Texto Único Ordenado vigente no consideró que el agro tiene un régimen especial que le fija el Impuestoa la Renta en 15% y mantuvo el 30% que se aplica a los demás sectores de la producción y servicios, resultando así que las cooperativas del sector agrario tributan el doble que las grandes empresas del mismo sector. Las entregas de productos de los productores a sus cooperativas no deberían generar tributos, pero sí las operaciones comerciales entre las cooperativas y terceros. Esta situación seviene salvando con la venta de la cooperativa a terceros al mismo precio que recibe de los productores, para no dar lugar a doble tributación. Esto demuestra que las cooperativas tienen el mismo problema de las asociaciones si entran a comercializar la producción de sus socios. La solución está en actuar solo como gestoras de las operaciones comerciales negociando por el conjunto pero dejando...
Regístrate para leer el documento completo.