Modelo Contrato Bienes-Compraventa
28 Mayo 1996
Expropiaciones. Citación.–Resolución de 20 de
mayo de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la
que se procede al pago de depósito previo y firma acta
de ocupación. Expediente de expropiación forzosa de terrenos para las obras de: «Ampliación y mejora del firme y trazado de las carreteras BA-701, CC-701 y CC702. Tramo: N-430 - Zorita».................................................
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Expropiaciones. Citación.–Resolución de 20 de
mayo de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la
que se procede al pago de depósitos previos y firma actas de ocupación. Expediente de expropiación forzosa de
terrenos para las obras de: «Abastecimiento de aguas a
la Mancomunidad de San Marcos» .......................................
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2341I. Disposiciones Generales
CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO
DECRETO 67/1996, de 21 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento General de
Organización y Funcionamiento de los
Equipos de Atención Primaria de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
I
En la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, por la que se
aprueba el Estatuto de Autonomía, se atribuye a la Comunidad Autónoma, en elmarco de la legislación básica del Estado, competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de sanidad.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, constituye la
respuesta normativa básica al mandato constitucional sobre protección de la salud y establece la configuración de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas en Areas de Salud y Zonas de
Salud. En este últimomarco geográfico y poblacional actúa el Equipo
de Atención Primaria, definiendo la propia Ley sus funciones.
Por su parte el Decreto 3/1987, de 27 de enero, de la Junta de
Extremadura, por el que se definen y regulan las estructuras de
atención primaria, prevé la existencia de un Reglamento General
de Organización y Funcionamiento de los Equipos de Atención Primaria.
El Decreto 15/1988, demarzo, por el que se reestructuraron los
Partidos Veterinarios Oficiales al servicio de la Sanidad Local de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, adscribe en su artículo 2 un
número determinado de plazas a la Consejería de Sanidad y Consumo a la vez que su disposición transitoria segunda establece la obligatoriedad de dicha Consejería para que proponga al Consejo de Gobierno las funciones quehan de desempeñar los veterinarios.
Respecto de los Farmacéuticos Titulares, es sabido que la regulación vigente resulta obsoleta a la vista de las nuevas exigencias
del Sistema Sanitario, y debe ser contemplada la regulación funcional de aquéllos que formarán parte de los equipos de atención
primaria como farmacéuticos de atención primaria.
Asimismo, debe atenerse al convenio suscrito entreel Ministerio de
Sanidad y Consumo y la Junta de Extremadura para el desarrollo
de la atención primaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado mediante Resolución de 3 de diciembre de 1987,
de la Consejería de Sanidad y Consumo, y todos aquellos Acuerdos
y Convenios que pudieran establecerse con el mismo.
II
En el marco normativo expuesto es objeto del presente Decreto laregulación general de la organización y funcionamiento de los
equipos de atención primaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Decreto aspira a recoger la experiencia habida en el funcionamiento de los Equipos de atención primaria que a lo largo de la
última década han entrado en funcionamiento en Extremadura y
que en el momento actual atienden a más del 90 por ciento de
su población.
Deeste modo, se trata de disponer de un instrumento efectivo para ordenar y administrar las funciones de todos los profesionales
de los equipos de atención primaria en aras de una mayor efectividad del trabajo desarrollado por los mismos, y al tiempo, garantizar una óptima calidad a los usuarios.
III
Respecto a las funciones del equipo de atención primaria se establecen como propias del mismo...
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