MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD CIVIL 25 8 215
MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD CIVIL
MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA DE
SOCIEDAD CIVIL
En la ciudad de Puebla, Puebla el día primero de Septiembre del año Dos
Mil Catorce, proceden a redactar el CONTRATO DE SOCIEDAD
CIVIL, que formalizan EDITH MORELOS LARA, RAFAEL LARA
SANCHEZ, ALBERTO PEREZ LARA, FRANCISCO LARA RAMOS,
ADAN HERNANDEZ LARA, a tenor de los antecedentes y clausulas
siguientes.
A N T E C E D E N T E S:
ÚNICO. Los comparecientes solicitaron y obtuvieron
permiso de la secretaria de Relaciones Exteriores numero dos uno cero
nueve seis dos, de fecha doce de julio de dos mil catorce, documento que
para dejarlo debidamente protocolizado, se agrega al apéndice de
comprobantes de este CONTRATO DE SOCIEDAD CIVIL mismo que
saldrá inserto copia certificada en el testimonio que se expida.
De conformidad con el permiso a que se hace referencia, los
comparecientes analizan el CONTRATO DE SOCIEDAD CIVIL, de que
se ha hecho mérito al tenor de las clausulas siguientes. C L A U S U L A S:
PRIMERA. El nombre de la asociación civil será
bar PLÁSTICOS DE PUEBLA, denominación que al usarse se irá
seguida de las palabras “SOCIEDAD CIVIL”, o de sus abreviaturas
“S.C.
SEGUNDA. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será
el del Estado de Puebla; sin embargo podrá establecer agencias o
sucursales en cualquier parte de la República o del Extranjero ysometerse a domicilios convencionales, sin que esto implique cambio de
domicilio.
TERCERA.
OBJETO
SOCIAL.
LA
SOCIEDAD TENDRÁ POR OBJETO el de asociarse para
la administración del negocio plásticos de puebla, sito en el municipio de
Puebla, Puebla.
http://practicajuridicapuebla.blogspot.mx/2014/10/modelodeactaconstitutivadesociedad.html
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MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD CIVIL
CUARTA. DURACIÓN. La duración de la sociedad será
de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de firma del
presente instrumento.
QUINTA. NACIONALIDAD. La sociedad es de
Nacionalidad Mexicana, no obstante en cumplimiento del artículo Treinta
y Uno del Reglamento de la Ley de Inversión Mexicana y Regula la
inversión Extranjera, inserto a continuación la cláusula de Admisión de
Extranjeros, de acuerdo con el convenio que señala el artículo 31 de la
Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión
Extranjera.
“TODO EXTRANJERO QUE EN EL ACTO DE
LA CONSTITUCIÓN O EN CUALQUIER TIEMPO ULTERIOR
ADQUIERA UN INTERÉS O PARTICIPACIÓN SOCIAL EN
UNA SOCIEDAD, SE CONSIDERARA POR ESE SIMPLE HECHO
COMO MEXICANO RESPECTO DE UNO Y OTRA, Y
SE
ENTENDERÁ
QUE
CONVIENE
EN
NO
INVOCADA LA PROTECCIÓN DE SU GOBIERNO, BAJO LA
PENA EN FALTAR A SU CONVENIO DE PERDER
DICHO INTERÉS O PARTICIPACIÓN EN BENEFICIO
DE LA NACIÓN MEXICANA. LOS INVERSIONISTAS
EXTRANJEROS QUE ADQUIERAN ALGÚN INTERÉS SOCIAL EN
LA EMPRESA, SE SUJETARAN EN TODO CASO A LAS
LEYES VIGENTES EN MATERIA DE INVERSIONES
EXTRANJERAS.
SEXTA. El patrimonio de la Asociación es la cantidad de $
50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA
NACIONAL), el cual lo constituye las aportaciones de los socios de
manea inicial y las aportaciones periódicas que acuerde la asamblea
general de socios, así como las aportaciones que a título de donativos,
con carácter irrevocable se reciba por parte de los propios socios o de
personas extrañas a la sociedad sean personas físicas o morales, sean
estas públicas o privadas cuyos montos se registraran en un libro de
Registro el que contendrá las anotaciones correspondientes, en la...
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