MODELO SENTENCIA
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia
JUZGADO : Juzgado de Letras de Vicuña
CAUSA ROL : C-15-2012
CARATULADO : FLORES / CLUB DEPORTIVO PERALILLO
MATERIA : INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS
DEMANDANTE : DAVID JULIAN FLORES PARRA Y OTRA
DEMANDADO : CLUB DEPORTIVO DE PERALILLO
JUEZ TITULAR : PATRICIA CASTAÑEDA QUEZADA
FECHA DE INICIO : 17 DE ENERO DE 2012CÓDIGO : I03
Vicuña, veinticuatro de octubre de dos mil trece.
VISTOS:
A fojas 3, comparece don DAVID JULIÁN FLORES PARRA, empleado, y doña YUVIZA HELEN ARQUEROS MANDIOLA, independiente, ambos domiciliados en Pasaje Pedro Pablo Molina 457, Población José Miguel Carrera, Vicuña, en representación legal de don DAVID IGNACIO FLORES ARQUEROS, menor de edad y del mismo domicilio, interponiendodemandada ordinaria de indemnización de perjuicios en contra del CLUB DEPORTIVO DE PERALILLO, organización comunitaria de la comuna de vicuña, representada por su presidente don ARMANDO EDUARDO TORRES ROJAS, ignora profesión u oficio, todos domiciliados en Lourdes S/N, Peralillo, comuna de Vicuña.
A fojas 10, consta notificación a don Armando Eduardo Torres Rojas en representación del ClubDeportivo Peralillo, de fecha 31 de enero de 2012.
A fojas 12, se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada.
A fojas 16, se tiene por evacuado el trámite de la réplica en rebeldía de la parte demandante.
A fojas 17, se evacúa el trámite de la dúplica por la parte demandada.
A fojas 28, consta realización de comparendo de conciliación con la asistencia de la partedemandante y en rebeldía de la demandada. Llamadas las partes a conciliación ésta no se produce atendida la rebeldía del demandado.
A fojas 31, se recibió la causa a prueba.
A fojas 33, consta notificación de la resolución que recibe la causa a prueba a la parte demandante y demandada.
A fojas 109, se certifica que el término probatorio se encuentra vencido.
A fojas 117, se cita a laspartes a oír sentencia.
CONSIDERANDO:
I.- EN CUANTO A LAS TACHAS
PRIMERO: Que, a fojas 83, la parte demandante formula tacha en contra de la testigo doña Gabriela Elena Albanes Cortés, argumentando que a pesar de que señaló que no tiene una amistad propiamente tal, su declaración claramente indica que esta relación de vecindad si se puede considerar como una relación de amistad.
SEGUNDO:Que, la parte demandada, al evacuar el traslado conferido se opone a la tacha, manifestando que las conclusiones señaladas por la contraria son meramente antojadizas ya que al indicar la testigo conocer a una persona mucho tiempo no necesariamente ello se traduce en una amistad, menos de las características exigidas por la ley para formular la tacha, solicitando que se rechace.
TERCERO: Que, elartículo 358 N° 7 del Código de Procedimiento Civil señala que “Son también inhábiles para declarar: 7° Los que tengan íntima amistad con la persona que los presenta o enemistad respecto de la persona contra quien declaren”. En este sentido y en base a los dichos de la testigo referida, se desprende que no tiene una íntima amistad con la persona que lo presenta, no cumpliendo con los requisitosestablecidos por la ley para tal efecto, por lo que se rechazará la tacha formulada.
CUARTO: Que, a fojas 85, la parte demandante formula tacha en contra de la testigo doña Carmen Lourdes Michea Cortés, fundamentada en la causal número 4 del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, debido a que señaló prestar servicios para el Club Deportivo Peralillo, que corresponde a la parte que presentael testigo.
QUINTO: Que, la parte demandada al evacuar el traslado conferido, se opone a la tacha formulada en consideración a que los servicios prestados por la testigo no son retribuidos por el Club Deportivo, requisito expresamente exigido por la ley para formular tal tacha, solicitando que no se dé lugar a la misma.
SEXTO: Que, el artículo 358 N° 4 del Código de Procedimiento Civil...
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