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Sistema de Riesgos del Trabajo - Exámenes Médicos
Considerando que uno de los principales objetivos de la Ley N º 24.557 sobre Riesgos del Trabajo es la prevención deaccidentes laborales y enfermedades profesionales, a los fines de un correcto cumplimiento de los objetivos del Sistema, se ha determinado la realización de exámenes médicos en atención a las distintasetapas de la prestación laboral de los trabajadores y sus eventuales modificaciones.
Como empleadores, resulta necesario requerir del trabajador una declaración en la que el mismo informe acerca deenfermedades o dolencias de su conocimiento.
Mediante esta resolución el Superintendente de Riesgos del Trabajo resuelve que los exámenes médicos de salud, incluidos en el sistema de riesgos deltrabajo, son los siguientes:
1. Preocupacionales o de ingreso;
2. Periódicos;
3. Previos a una transferencia de actividad;
4. Posteriores a una ausencia prolongada, y
5. Previos a laterminación de la relación laboral o de egreso.
1. Los exámenes preocupacionales o de ingreso tienen como propósito determinar la aptitud del postulante conforme sus condiciones psicofísicas para eldesempeño de las actividades que se le requerirán. En ningún caso pueden ser utilizados como elemento discriminatorio para el empleo. La realización de los exámenes preocupacionales es obligatoria ,debiendo efectuarse de manera previa al inicio de la relación laboral y es responsabilidad del empleador que los mismos se realicen.
2. Los exámenes periódicos tienen por objetivo la detección precozde afecciones producidas por aquellos agentes de riesgo, determinados por el Decreto Nº 658/96, a los cuales el trabajador se encuentre expuesto con motivo de sus tareas. La realización de estosexámenes es obligatoria en todos los casos en que exista exposición a los agentes de riesgo antes mencionados.
3. Los exámenes previos a la transferencia de actividad tienen como objetivo determinar la...
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