Modificacion De Veto
DECRETO por el que se reforman los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional,que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la ComisiónPermanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO
"LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN USO DE LA FACULTAD QUE LECONFIERE EL ARTÍCULO 135 CONSTITUCIONAL Y PREVIA LA APROBACIÓN DE LAS CÁMARAS DE DIPUTADOS Y DE SENADORES DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO LA MAYORÍA DE LAS LEGISLATURAS DE LOSESTADOS, DECRETA:
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 71, 72 Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el último párrafo del artículo 71 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 71. .....
I. a III. .....
Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las legislaturas de losEstados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designen la Ley delCongreso y sus reglamentos respectivos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma el primer párrafo y de la fracción B del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedarcomo sigue:
Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congresoy sus reglamentos respectivos, sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:
A. ...
B. Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto...
Regístrate para leer el documento completo.