Modificacion d.s 594
el día 7 de enero del 2011 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 97 del Ministerio de Salud, que modifica el artículo 109 del DecretoSupremo N° 594, que en líneas generales establece lo siguiente:
1.- Los empleadores deben realizar la gestión del riesgo, adoptando las medidas de control apropiadas.
2.- Refuerza elrol de Dirección de Meteorología en la medición del índice UV.
Publicar diariamente en un lugar visible el índice UV estimado señalado por la Dirección Metereológica de Chile y lasmedidas de Control que se deben aplicar, incluidos los elementos de protección personal.
3.- Definición de trabajador expuesto en base a período del año, horario del día e índice UV. 4.- Definición de medidas mínimas de control del riesgo (Información a trabajadores sobre riesgos e índice UV diario; identificación de expuestos; medidas de ingeniería y administrativas; programa deinstrucción)
5.- Obligación de los establecimientos asistenciales de salud, respecto notificar a la Autoridad Sanitaria los casos de eritemas y quemaduras solares a causa o con ocasióndel trabajo.
6.- La nueva normativa entrará en vigencia 60 días después del 7 de enero.
* Se ha tomado conciencia, fundamentalmente en los directivos y estamento académico, de laimportancia que tiene el dar a conocer al trabajador los riesgos a los que se expone al realizar sus tareas y las medidas preventivas a adoptar.
* Se debe seguir confeccionando Procedimientos,Instructivos, Métodos de Trabajo y darlos a conocer a los funcionarios para resguardar tanto la salud de ellos como la protección del medio ambiente.
* Debe seguir desarrollándose una cultura preventivade forma tal que todos y cada uno de nosotros seamos responsables de nuestra propia salud y la del entorno de nuestro lugar de trabajo. Dicha cultura debe ser transmitida a toda la...
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