Monja
CÓMO RECLAMAR ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES
A menudo, al consumidor le surgen dudas respecto a su seguro o plan de pensiones, o tiene quejas del mismo que no logra aclarar tras consultar o reclamar a la entidad. Es precisamente en estos casos, una vez que no se ha obtenido una respuesta favorable de la entidad, cuando el consumidor puededirigirse a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, quien se encarga de resolver las quejas y reclamaciones que presenten los usuarios de las entidades supervisadas por él.
¿Contra qué entidades se puede reclamar?
Ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) se pueden presentar reclamaciones contra:
Entidades aseguradorasGestoras de fondos de pensiones
Mediadores de seguros: agentes y corredores
Entidades de crédito cuando actúen como comercializadoras de seguros o planes de pensiones, o en condición de depositarias de fondos de pensiones.
¿Quién puede reclamar ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?
Ante el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP pueden presentar consultas,quejas y reclamaciones:
Los tomadores de seguros
Los asegurados
Los beneficiarios de seguros
Los terceros perjudicados o derechohabientes de éstos
Los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones
El representante de cualquiera de los anteriores, debidamente
acreditado
Las asociaciones que representen intereses colectivos o individuales, cuando se encuentrenlegalmente habilitadas para ejercer la representación.
A su vez, también podrán plantear consultas las Oficinas y Servicios de Información a los Consumidores y Usuarios.
¿Qué es lo primero que hay que hacer para poder reclamar ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?
Para poder plantear una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la es necesario que el usuario hayaplanteado previamente un escrito de reclamación ante el Departamento o Servicio de Atención al Cliente o al Defensor del Cliente de la entidad con la que discrepa, servicio que están obligadas a tener todas las entidades de crédito.
¿Cómo deben presentarse las quejas y reclamaciones ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?
El usuario que quiera plantear una queja oreclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP debe hacerlo por escrito.
• Las consultas quejas y reclamaciones pueden presentarse en formato papel, debiendo dirigirse a:
SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES
PASEO DE LA CASTELLANA 44
28046 MADRID
• Las consultas, quejas o reclamaciones también pueden presentarse a través de laOficina Virtual a través del siguiente enlace:
https://www.sededgsfp.gob.es/SedeElectronica/Reclamaciones/Index_Proteccion_Asegurado.asp
• Para la presentación de las quejas o reclamaciones se podrá utilizar el formulario que el Servicio de Reclamaciones ha elaborado a estos efectos, que puede obtenerse a través del siguiente enlace:http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones/documentos/FORMULARIO%20QUEJA%20Y%20RECLAMACI%C3%93N%20FISICA.pdf
• Para la presentación de las consultas se podrá utilizar el formulario que el Servicio de Reclamaciones ha elaborado a estos efectos, que pueden obtenerse a través del siguiente enlace:
http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones/documentos/FORMULARIO%20CONSULTA%20FISICA.pdf
¿Cuál es el contenido mínimo que debe tener el escrito de reclamaciónante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones?
El escrito de queja o reclamación como mínimo debe contener:
Nombre, apellidos y domicilio del interesado, y en su caso, de la persona que lo represente debidamente acreditada.
Número del DNI, Pasaporte o NIE.
Entidad o entidades contra las que se reclama, señalando las oficinas o departamentos...
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