Moral Que Agraven Las Condiciones
Esta garantía podrá ser interpuesta por el afectado, por sí o por interpósita persona, sin necesidad de poder por cualquier medio fehaciente, y ante cualquierJuez de Primera Instancia de la circunscripción judicial respectiva.
El Hábeas Corpus podrá ser:
1) Preventivo: en virtud del cual toda persona, en trance inminente de ser privada ilegalmente desu libertad física, podrá recabar el examen de la legitimidad de las circunstancias que, a criterio del afectado, amenacen su libertad, así como una orden de cesación de dichas restricciones.
2)Reparador: en virtud del cual toda persona que se halle ilegalmente privada de su libertad podrá recabar la rectificación de las circunstancias del caso. El magistrado ordenará la comparecencia deldetenido, con un informe del agente público o privado que lo detuvo, dentro de las veinticuatro horas de radicada la petición. Si el requerido no lo hiciese así, el Juez se constituirá en el sitioen el que se halle recluida la persona, y en dicho lugar hará juicio de méritos y dispondrá su inmediata libertad, igual que si se hubiese cumplido con la presentación del detenido y se hayaradicado el informe. Si no existieren motivos legales que autoricen la privación de su libertad, la dispondrá de inmediato; si hubiese orden escrita de autoridad judicial, remitirá los antecedentes aquien dispuso la detención.
3) Genérico: en virtud del cual se podrá demandar rectificación de circunstancias que, no estando contempladas en los dos casos anteriores, restrinjan la libertad oamenacen la seguridad personal. Asimismo, esta garantía podrá interponerse en casos de violencia física, psíquica o moral que agraven las condiciones de personas legalmente privadas de su libertad.La ley reglamentará las diversas modalidades del hábeas corpus, el cual procederá incluso durante el estado de excepción. El procedimiento será breve, sumario y gratuito, pudiendo ser iniciado de...
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