Morigeracion de La Pena
C- 9443/8 CRESPO, Leonardo Rafael incid. morigeración
La Plata, de mayo de 2013.
Y VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por el Sr. defensor particular Dr. Barbosa en la Causa N° 2188 de trámite por ante el Tribunal Criminal N°4 seguida a Leonardo Rafael Crespo, contra el auto de fs. 34/37 por el cualno se hace lugar a la solicitud de morigeración de la prisión preventiva, y practicado el sorteo de ley resultó que debe observarse el siguiente orden de votación: OYHAMBURU – DALTO – SILVA ACEVEDO.
CONSIDERANDO :
La Sra. Juez Dra. Oyhamburu dijo:
- El recurrente manifiesta que Crespo tiene arraigo por poseer domicilio y familia; asimismo refiere que no tiene antecedentes penales nicontravencionales. Asimismo señala que la calificación ambiental al momento de solicitarla sería excelente ya que cuenta con un núcleo familiar óptimo para su contención, adunando a ello los informes de conducta ejemplar dentro de la Unidad Penitenciaria donde trabaja.
Destaca la defensa que Crespo tiene un alto nivel educativo, que actualmente cursa la carrera de periodismo con notas sobresalientesy tiene ofertas laborales en caso de salir al medio libre.
Por otro lado el impugnante hace cita del precedente Verbitsky, y refiere que las cárceles no son seguras y mucho menos para un primario como es Crespo, citando Informe Anual 2012 de la Comisión Provincial por la Memoria.
Entiende el Sr. defensor que cabe morigerar el encierro que sufre su asistido por aplicación del art. 163 delritual. Cita en apoyo de su postura resoluciones del Tribunal de Casación Penal Bonaerense.
Puntualiza la defensa de Crespo que éste trabaja en la Unidad donde se encuentra alojado, está dedicado a la práctica del Rugby con fines de reinserción social, ha estudiado hasta el primer año del nivel terciario del Instituto 12 la carrera de Programación de Sistemas, asimismo inició la Carrera dePeriodismo de la que rindió 22 materias, sale al aire por radio keops, colaboró para capacitar internos analfabetos a fin que puedan leer y escribir y ha dado clases de apoyo en nivel primario y secundario, solicitó se lo incluya como docente, y asimismo cuenta con oferta laboral.
Se agravia el Dr. Barbosa del auto en crisis señalando que la resolución recurrida no trató el tema referido al peligro defuga, señala que en base a fundamentos genéricos y omitiendo tratar cuestiones trascendentales el Tribunal rechazó la morigeración solicitada. Entiende que no se habló del peligro procesal de fuga “concreto” respecto a Crespo. Se agravia del auto en crisis señalando que tiene fundamentación aparente.
Señala el Sr. defensor que hay hechos incontrovertibles y son que Crespo se encuentraprocesado no penado; que tuvo más de 40 salidas para cursar (la inmensa mayoría sin custodia) y nunca intentó fugarse, los familiares del nombrado se encuentran con un estado de salud deteriorado.
Finalmente destaca la defensa que no se han solicitado informes, de los que surgiría su ejemplar desempeño en la Facultad y su excelente conducta en la Unidad Penitenciaria.
Solicita la defensa audiencia,y pide comparendo de Crespo para efectivizar los principios de oralidad e inmediación con los Sres. Jueces.
Hace reserva de recurrir en Casación.
- En virtud de lo dispuesto a fs. 78 de las presentes, se realizó audiencia de visu, la que se llevó a cabo según constancias de fs. 82 y a raíz de la cual se dispuso la realización de medidas de las que se da cuenta a fs. 83.
Posteriormente afs. 126 se fijó audiencia en los términos del art. 168 bis del ritual, la que se llevó a cabo según constancias de fs. 130/132 vta.
- Ahora bien, analizados los agravios traídos en el recurso en tratamiento adelanto mi opinión en el sentido que el mismo no puede prosperar por las consideraciones que seguidamente expongo.
Tal como surge del expediente principal, Leonardo Rafael Crespo fue...
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