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Art. 56.- Impuesto al valor agregado sobre los servicios.- El impuesto al valor agregado IVA, grava a todos los servicios, entendiéndose como tales a los prestados por el Estado, entes públicos, sociedades, o personas naturales sin relación laboral, a favor de un tercero, sin importar que en la misma predomine el factor material o intelectual, a cambio de una tasa, unprecio pagadero en dinero, especie, otros servicios o cualquier otra contraprestación.
Se encuentran gravados con tarifa cero los siguientes servicios:
1.- (Sustituido por el Art. 111 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007; y, reformado por el Art. 22 de la Ley s/n, R.O. 94-S, 23-XII-2009).- Los de transporte nacional terrestre y acuático de pasajeros y carga, así como los de transporteinternacional de carga y el transporte de carga nacional aéreo desde, hacia y en la provincia de Galápagos. Incluye también el transporte de petróleo crudo y de gas natural por oleoductos y gasoductos;
2.- (Sustituido por el Art. 112 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007).- Los de salud, incluyendo los de medicina prepagada y los servicios de fabricación de medicamentos;
3.- Los de alquiler oarrendamiento de inmuebles destinados, exclusivamente, para vivienda, en las condiciones que se establezca en el reglamento;
4.- Los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y los de recolección de basura;
5.- (Sustituido por el Art. 112 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007).- Los de educación en todos los niveles.
6.- Los de guarderías infantiles y dehogares de ancianos;
7.- Los religiosos;
8.- Los de impresión de libros;
9.- Los funerarios;
10.- Los administrativos prestados por el Estado y las entidades del sector público por lo que se deba pagar un precio o una tasa tales como los servicios que presta el Registro Civil, otorgamiento de licencias, registros, permisos y otros;
Nota:
Mediante D.E. 8 (R.O. 10, 24-VIII-2009), seadscribe la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación al Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información.
11.- Los espectáculos públicos;
12.- Los financieros y bursátiles prestados por las entidades legalmente autorizadas para prestar los mismos;
13.- (Derogado por el Art. 23 de la Ley s/n, R.O. 94-S, 23-XII-2009);
14.- (Sustituido por el Art. 24 dela Ley s/n, R.O. 94-S, 23-XII-2009).- Los que se exporten. Para considerar una operación como exportación de servicios deberán cumplirse las siguientes condiciones:
a) Que el exportador esté domiciliado o sea residente en el país;
b) Que el usuario o beneficiario del servicio no esté domiciliado o no sea residente en el país;
c) Que el uso, aprovechamiento o explotación de los serviciospor parte del usuario o beneficiario tenga lugar íntegramente en el extranjero, aunque la prestación del servicio se realice en el país; y,
d) Que el pago efectuado como contraprestación de tal servicio no sea cargado como costo o gasto por parte de sociedades o personas naturales que desarrollen actividades o negocios en el Ecuador;
15.- (Agregado por el Art. 25 de la Ley s/n, R.O. 94-S,23-XII-2009).- Los paquetes de turismo receptivo, facturados dentro o fuera del país, a personas naturales o sociedades no residentes en el Ecuador.
16.- (Sustituido por el Art. 114 de la Ley s/n, R.O. 242-3S, 29-XII-2007).- El peaje y pontazgo que se cobra por la utilización de las carreteras y puentes;
17.- Los sistemas de lotería de la Junta de Beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría;18.- Los de aero fumigación;
19.- (Sustituido por el Art. 26 de la Ley s/n, R.O. 94-S, 23-XII-2009).- Los prestados personalmente por los artesanos calificados por la Junta Nacional de Defensa del Artesano. También tendrán tarifa cero de IVA los servicios que presten sus talleres y operarios y bienes producidos y comercializados por ellos.
20.- Los de refrigeración, enfriamiento y...
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