muerte presunta
Como principio general la existencia legal o personalidad de los seres humanos termina con la muerte (artículo 94 del Código Civil)
El ser humano muerto no es sujeto dederechos.
En general todo el mundo sabe que es la muerte; se trata de un concepto popular que referimos normalmente al hecho de que el ser humano cese de respirar o al último latido del corazón.
Peroconforme al artículo 2 del decreto 1546 de 1998 se exige que se trate de la muerte encefálica, que es definida como "el fenómeno biológico que se produce en una persona cuando en forma irreversible sepresenta en ella ausencia de las funciones del tallo encefálico, comprobada por examen clínico".
El diagnóstico de muerte cerebral debe ser constatado por dos o más médicos, uno de los cuales debe serespecialista en ciencias neurológicas (decreto 1546 de 1998 artículo 3).
Hubo una época en que al lado de la muerte real existía la denominada muerte civil. Consistía la muerte civil en la extinciónde la personalidad del ser humano antes de la muerte real; en consecuencia, muerto civilmente era quien a pesar de estar vivo, se le consideraba muerto para la vida jurídica.
PRESUNCIÓN DE MUERTE
Lamuerte de los seres humanos es inevitable y además fácilmente comprobable. Pero hay situaciones como la guerra y otros acontecimientos similares que crean grave incertidumbre acerca de las personasque desaparecen de su domicilio y de las cuales no se vuelven a tener noticias; tal circunstancia ha hecho necesario que los ordenamientos jurídicos instituyan la muerte por presunción, es decir, lasuposición, dadas ciertas condiciones de que la persona desaparecida o ausente ha muerto.
DECLARACIÓN DE AUSENCIA (artículo 96 C. C. en concordancia con el artículo 561 C. C.): una persona se hallaausente si ha desaparecido de su domicilio y no se tiene noticias del lugar en donde se encuentre (artículo 96 C. C.). Ante esta situación su cónyuge, sus consanguíneos hasta el cuarto grado, sus...
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