Multas y sanciones para quienes incumplan el SG prev
Categorías: SG-SST.
El Ministerio del Trabajo y Seguridad Social acaba de expedir un nuevo decreto en el que se establecen las multas para quienes incumplan las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Desde el año pasado había entrado en vigencia el nuevo Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el Decreto 1443 de2014. Sin embargo, aún no eran claras las sanciones que se iban a imponer sobre las empresas que no cumplieran la norma.
Con la expedición del Decreto 472 de 2015, el panorama es mucho más claro. Ahora los empresarios saben a qué multas y sanciones se exponen si no aplican adecuadamente el SG-SST y con ello pongan en riesgo la vida, integridad y seguridad personal de los trabajadores.
Losantecedentes de la norma
El artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 indicaba de manera general las multas y sanciones que se aplicarían sobre las empresas que no cumplieran con los programas de salud ocupacional y el Sistema General de Riesgos laborales.
Sin embargo, la norma no especificaba los criterios que debían tomarse en cuenta para aplicar las sanciones. De hecho, incluía una disposición en la queseñalaba que el tema debía reglamentarse en un plazo no superior a un año.
De otro lado, la Ley 1660 de 2013 otorgó competencias a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social para clausurar una empresa o paralizar sus actividades, en caso de que incumplieran las normas del SG-SST.
Esos dos precedentes legales son las bases del decreto 472 de 2015.
El contenido del Decreto 472 de 2015
El nuevo decretopone las cosas en orden, gracias a que reglamenta cuatro aspectos esenciales:
Establece los criterios para determinar la gravedad de las infracciones. En el decreto aparecen claramente definidas las situaciones que configuran una infracción grave y las multas y sanciones que deben aplicarse, atendiendo a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. De este modo, el monto de las multasdepende del tamaño de las empresas.
El Decreto especifica el procedimiento a seguir para clausurar los lugares de trabajo u ordenar su cierre definitivo. Con esta reglamentación se ratifican las competencias de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, quienes actúan en calidad de policía administrativa.
La norma señala las condiciones, los requisitos y los procedimientos que deben cumplirse paraaplicar las sanciones del caso. También clarifica cuáles son los derechos de los trabajadores en caso de clausura o cierre de la empresa. Con esto se garantiza el debido proceso para este tipo de actuaciones.
El decreto determina que tanto los accidentes como las enfermedades laborales deben ser reportadas a las Direcciones Territoriales o a las Oficinas Especiales, dentro de los dos días hábilessiguientes al evento o diagnóstico.
Criterios para la graduación de multas
Los criterios para determinar el nivel de gravedad de las infracciones y, en consecuencia, la multa que debe aplicarse, son los siguientes:
La reincidencia en la infracción.
La resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora o de supervisión por parte del Ministerio del Trabajo.
La utilización de mediosfraudulentos o de persona interpuesta para ocultar la infracción o sus efectos.
El grado de prudencia y diligencia con que se hayan atendido los deberes o aplicado las normas legales pertinentes.
El reconocimiento o aceptación expresa de la infracción, antes del decreto de pruebas.
El daño o peligro generado a los intereses jurídicos tutelados.
La ausencia o deficiencia de las actividades de promocióny prevención.
El beneficio económico obtenido por el infractor para sí o a favor de un tercero.
La proporcionalidad y razonabilidad conforme al número de trabajadores y el valor de los activos de la empresa.
El incumplimiento de los correctivos y recomendaciones en las actividades de promoción y prevención por parte de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) o el Ministerio del Trabajo.
La...
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