musicales
5. Son muestras sin valor comercial, obsequios cuyo valor no exceda de los US$ 1 000,00 (Mil DólaresAmericanos), o mercancías por un monto que no exceda los US$ 2 000,00 (Dos Mil Dólares Americanos) En principio, entendemos por MUESTRAS para exportación a aquellos productos o manufacturas que al salir del país solo tienen por finalidad demostrar sus características, pudiendo ser éstas con o sin valor comercial. Se entiende que la muestra no tiene carácter comercial cuando no exista venta entre laspartes.La exportación de MUESTRAS, sea con o sin valor comercial se rige por losProcedimientos de Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01 oExportación Definitiva INTA-PG.02, en este último caso, si el valor FOB de lasmercancías excede los dos mil dólares americanos (US$ 2000,00); o también sepuede efectuar como un envío postal, sujeto a las condiciones establecidas en elProcedimientoGeneral INTA-PG.13 Envíos o Paquetes transportados porConcesionarios Postales DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓNQue utiliza el formato Declaración Simplificada de Exportación (DSE). Para talefecto, usted como exportador, (o a quien autorice mediante cartanotarial), presenta los formatos de la DSE, con el sello y firma del ingreso de lamercancía al terminal de almacenamiento, autorización de lacompañíatransportista y declarante (casilleros 7.1, 7.2 y 11 de la DSE), adjuntando lasiguiente documentación: • Factura (operaciones con fines comerciales); declaración jurada indicando el valor y descripción de la mercancía cuando se trate de operaciones sin fines comerciales; otros comprobantes de pago, de acuerdo a la naturaleza de la exportación. Documento de Transporte (Guía aérea,Conocimiento de embarque o Carta Porte, según el medio de transporte). • Autorizaciones especiales y otros que de acuerdo a la naturaleza de la mercancía se requieran. Documento que acredite la donación y lista de contenido de corresponder. Copia del documento de identidad del exportador cuando no cuente con RUC. Otros, de corresponder. 5
6. EXPORTACIÓN DEFINITIVALa exportación definitiva, es el régimenaduanero aplicable a las mercancíasen libre circulación que salen del territorio aduanero para su uso o consumodefinitivo en el exterior. La salida física de las mercancías del territorionacional hacia el territorio aduanero de un tercer país, constituye lamodalidad típica de exportación definitiva. Además, se considera como unaexportación definitiva, el ingreso de mercancías del resto del...
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