Nómina - finiquito apuntes
1. TOTAL DEVENGADO
Es la suma de los conceptos salariales y no salariales del trabajador, es el salario bruto.
2. COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA
La cantidad que debe abonar mensualmente cada trabajador y que la empresa detrae de la nómina, se obtiene de aplicar el porcentaje correspondiente ,“tipo”, a las distintas bases decotización.
Tres Bases diferentes:
2.1 BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES. BCCC
Se suma todos los conceptos salariales, sin las horas extras, y a esto se le añade la prorrata de pagas extras (importe total de las pagas extraordinarias/12). El valor obtenido debe estar comprendido entre el máximo y el mínimo contenido en la tabla siguiente. Si no es así debe sustituirsepor éste. A la BCCC se le aplica el tipo del 4,7%.
Grupo de Cotización
Categorías Profesionales
Bases Mínimas
Bases Máximas
Euros/Mes
Euros/Mes
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.
977,58 €
3074,10 €
2
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados
811,02 €
3074,10 €
3
JefesAdministrativos y de Taller
705,35 €
3074,10 €
4
Ayudantes no Titulados
700,00 €
3074,10 €
5
Oficiales Administrativos
700,00 €
3074,10 €
6
Subalternos
700,00 €
3074,10 €
7
Auxiliares Administrativos
700,00 €
3074,10 €
Euros/Día
Euros/Día
8
Oficiales de primera y segunda
102,47€
102,47€
9
Oficiales de tercera y Especialitas
102,47€
102,47€
10
Trabajadoresmayores de 18 años no cualificados
102,47€
102,47€
11
Trabajadores menores de 18 años
102,47€
102,47€
2.2 BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES. BCCP. Y CONCEPTOS DE RECAUDACIÓN CONJUNTA.
Suma de los conceptos salariales del mes más el importe por horas extras, es decir, sumar a la BCCC, antes de ver si está entre el máximo y el mínimo, las horas extras.
La cantidadasí obtenida, también debe comprobarse si se encuentra entre el límite máximo y mínimo que marca la siguiente tabla:
Base máxima
3.074,10 € / mes.
Base mínima
699,90 € / mes
A la BCCP se le aplican los conceptos de recaudación conjunta: desempleo( 1,55% o 1,60%) y FP( 0,10%).
2.3 BASE DECOTIZACIÓN POR HORAS EXTRAORDINARIAS.
En el supuesto de que el trabajador haya realizado horas extraordinarias en el mes además de incluir el importe percibido por estas en las bases de cotización por contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta, tendrán una cotización adicional con una base propia, que se calcula según esta fórmula:
B.C. HORAS EXTRAORDINARIAS = Retribución enconcepto de Horas Extraordinarias.
Hay dos tipos de horas extraordinarias, las que el trabajador realiza para reparar o prevenir siniestros (que son obligatorias), fuerza mayor, y las que el trabajador realiza de forma voluntaria (estructurales o no)
La base de cotización por horas extraordinarias por fuerza mayor está formada por el importe de las horas extraordinarias de este tipoque el trabajador ha realizado en el mes.
La base de cotización por el resto de horas extraordinarias, está formado por los devengos que en este concepto recibe el trabajador durante ese mes
TIPOS DE COTIZACIÓN.
Es un porcentaje que aplicado a la base de cotización nos determina la cantidad a deducir. Son los contenidos en la siguiente tabla:
Conceptos
Tipo-Contingencias Comunes
4,70%
-Desempleo
-Contrato indefinido, de relevo, interinidad y con discapacitados
1,55%
-Otros Contratos de duración determinada.
1,60%
-Contrato de duración determinada a tiempo parcial
1,60%
-Formación Profesional
0,10%
-Horas Extraordinarias
-Fuerza Mayor
2%
-Resto
4,70%...
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