NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA DEL IGV RESPECTO A LAS OPERACIONES DE SERVICIOS
INFORME N° 021-2006-SUNAT/2B0000
1. Tratándose de la prestación de servicios, el nacimiento de la obligación tributaria para efectos del IGV, se origina en cualquiera de las siguientes oportunidades, dependiendo de cuál ocurra primero:
a. Fecha en que se percibe la retribución oingreso, entendiéndose como tal, la fecha de pago o puesta a disposición de la contraprestación pactada, o aquella en la que se haga efectivo un documento de crédito; lo que ocurra primero.
b. Fecha en que se emita el comprobante de pago, entendiéndose como tal, la fecha en que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 5° del RCP éste debe ser emitido; o, la fecha en que efectivamentese emita; lo que ocurra primero.
2. Para efecto del Impuesto a la Renta, los ingresos obtenidos por la prestación de servicios efectuada por personas jurídicas se imputan al ejercicio gravable en que se devenguen; vale decir, al momento en que se adquiere el derecho a recibirlos (sean percibidos o no), siendo irrelevante la fecha en que los ingresos sean percibidos o el momento en que se emitael comprobante de pago que sustente la operación.
1.- ¿Qué se entiende por obligación tributaria?
La obligación tributaria es el vínculo entre el acreedor tributario y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.
Dentro de este contexto, debemos tener en cuenta lo siguiente:
- Acreedortributario, a aquél a favor del cual debe realizarse la prestación tributaria.
- Deudor tributario, a la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable.
2.- ¿Cuándo se da el nacimiento de la obligación tributaria?
La obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de la obligación tributaria.
3.-¿Cuándo es exigible la obligación tributaria?
La obligación tributaria es exigible en los siguientes momentos:
CUANDO DEBE SER DETERMINADO POR EL DEUDOR TRIBUTARIO
v
Desde el día siguiente al vencimiento del plazo fijado por Ley o Reglamento y, a falta de este plazo, a partir del décimo sexto día del mes siguiente al nacimiento de la obligación tributaria.
EN EL CASO DE TRIBUTOSADMINISTRADOS POR SUNAT
v
Desde el día siguiente a vencimiento del plazo fijado en el artículo 29º del Código Tributario, o en la oportunidad prevista en las normas especiales cuando se trate de tributos que graven la importación.
CUANDO DEBE SER DETERMINADO POR LA SUNAT
v
Desde el día siguiente al vencimiento del plazo para el pago que figure en la resolución que contenga la determinación de la deudatributaria. A falta de este plazo, a partir del décimo sexto día siguiente al de su notificación.
4.- En la venta de bienes ¿cuándo se origina la obligación tributaria del IGV?
En la venta de bienes, la obligación tributaria se origina en:
La fecha en que se emite el comprobante de pago
>
Lo que ocurra
Primero.
En la fecha en que se entregue el bien
>
Deacuerdo al Reglamento de la Ley del IGV, normado por el Decreto Supremo Nº 136-96-EF (31.12.1996) y modificatorias, debemos tener en cuenta lo siguiente:
Fecha en que se emite el comprobante de pago
La fecha en que, de acuerdo al Reglamento de Comprobantes de Pago, éste debe ser emitido o se emite, lo que ocurra primero.
Fecha de entrega de un bien
La fecha en que el bien quede adisposición del adquirente.
En el caso de naves y aeronaves, en la fecha en que se suscribe el correspondiente contrato.
Tratándose de la venta de signos distintivos, invenciones. Derechos de autor, derechos de llave y similares, en la fecha o fechas de pago señalados en el contrato y por los montos establecidos; en la fecha en que se perciba el ingreso, por el monto que se perciba sea total o...
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