nacituro
En muchas legislaciones, el nasciturus no tiene personalidad jurídica.1 Sin embargo, y dado que generalmente la adquiere al nacer, en ciertas circunstancias se le reconoce una serie dederechos. Así, el nasciturus se encuentra protegido por el ordenamiento jurídico pues se le considera "un bien jurídico necesitado de tutela". Por otra parte, una vez acontecido el nacimiento la mayorparte de legislaciones existentes reconocen constitucionalmente derechos a toda persona nacida.
Índice [ocultar]
1 Antecedentes
2 Protección jurídica general
2.1 Derecho constitucional
2.2Derecho civil
2.3 Derecho penal
3 Protección del nasciturus en el ordenamiento jurídico español
3.1 Alcance de su protección legal en España
4 Véase también
5 Referencias
Antecedentes[editar · editarcódigo]
Según el Derecho romano, al nasciturus no se lo consideraba persona, por lo que en la Antigua Roma el aborto estaba permitido; sin embargo, se le reconocían derechos al nasciturus. Porejemplo, si la mujer embarazada estaba condenada a muerte, la ejecución se posponía hasta el nacimiento. .
Protección jurídica general[editar · editar código]
Derecho constitucional[editar · editarcódigo]
El nasciturus tiene una especial protección en las Constituciones Políticas de varias naciones latinoamericanas que se refieren especialmente al ser humano desde el momento de la concepción,como sucede en el caso de República Dominicana (2010),2 Ecuador (2008),3 El Salvador (1999),4 Guatemala (1985),5 Paraguay (1992)6 y Perú (1993).7
Derecho civil[editar · editar código]
En Derecho civilse tiene en cuenta el concepto de nasciturus a la hora de contraer derechos y obligaciones. Si bien depende de cada ordenamiento jurídico, se considera al feto como tal hasta 24 horas después del...
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