Necesidades del xx ayuntamiento
Fecha: Viernes 23 de Marzo del 2013
Dirección: Parque de Venecia 3 Fracc. Venecia
Horario: 19:00 a 20:00 horas
Duración: 1 horaREPORTE DE NECESIDADES Y
Leyes locales extrañas:
1.- ley del estado libre y soberano de Guanajuato:
El artículo 86 del bando de policía y buen gobierno prohíbe y sanciona “todasaquellas conductas que bajo la apariencia de mendicidad o bajo formas organizadas impliquen coacción o acoso”.
Los artículos 34 y 36 proscriben “cruzar una vialidad sin utilizar los accesos opuentes peatonales” y “proferir palabras, adoptar actitudes de carácter obsceno en lugares públicos y que ofendan o causen molestia a terceros; realizar tocamientos obscenos en espaciospúblicos”.
Los artículos 41 y 85 prohíben ofrecer bienes o servicios no solicitados a personas que estén dentro de vehículos.
2. Ley del Estado libre y soberano de Sonora:
El artículo 163 de la Leyde Hacienda establece un impuesto a la tenencia de caballos y burros, que pagarán una cuota fija anual de 100 pesos, la cual deberá pagarse en el mes de enero de cada año, en las oficinas deHacienda más cercanas a donde viva el propietario.
3. Ley del estado libre y soberano de Sinaloa: REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE OPERACION Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DESTINADOS A LAPRODUCCION, DISTRIBUCION, VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS DEL ESTADO DE SINALOA
Artículo 16.
(ADICIONADA, P.O. 2 DE MAYO DE 2011)
VI. Constancia que expida la Dirección, de que enese establecimiento no se haya vendido, exhibido, expuesto y/o reproducido música, videos, imágenes y/o espectáculos artísticos tendientes a enaltecer criminales, conductas antisociales y/oactividades ilícitas, durante el período comprendido desde le (sic) fecha en que se revalidó su licencia por última vez, hasta la fecha de la nueva solicitud de revalidación.
Regístrate para leer el documento completo.