Negocios internacionales
cuello de la camisa o del saco el escudo metálico dorado de la Policía Nacional
de manera permanente.
14. Cuando losoficiales, personal del nivel ejecutivo con mando y suboficiales
en uso de buen retiro sean autorizados para portar el uniforme, lo harán
en forma reglamentaria y solamente en los casos quecontempla el estatuto
de carrera respectivo; así mismo, solo concurrirán a sitios públicos o privados
a los cuales se les haya permitido su asistencia.
15. El personal que se encuentre adelantandoestudios de carácter formal, no
formal y educación continuada en representación de la Policía Nacional
en entes educativos externos, debe asistir en uniforme formal n.° 3 o 3A,
según corresponda. Seexceptúa cuando por reglamentación interna de los
centros educativos se prohíba portar el uniforme.
Artículo 8. Prohibiciones
1. Hacer modificaciones a los uniformes, accesorios, insignias,condecoraciones
y distintivos establecidos en el presente reglamento.
2. Usar prendas, insignias, distintivos o condecoraciones no contemplados en
el presente reglamento.
3. Utilizar insignias nocorrespondientes a su grado o modalidad, condecoraciones
no autorizadas ni otorgadas por autoridad competente.
4. Donar, vender, alquilar, dar en calidad de prenda o facilitar en préstamo
uniformes, insignias,distintivos y condecoraciones, aun cuando se encuentren
en mal estado o en desuso.
5. Portar en lugares públicos o abiertos al público paquetes, bolsas, cajas y
demás elementos que no hagan partedel uniforme.
6. Llevar elementos que sobresalgan o malformen los bolsillos del uniforme,
así como accesorios u objetos voluminosos.
7. Mantener las manos en los bolsillos del uniforme.
8.Utilizar materiales no establecidos en las fichas técnicas elaboradas por el
grupo de control de calidad de la Dirección Administrativa y Financiera.
9. Durante el servicio no se podrá utilizar lentes de...
Regístrate para leer el documento completo.